domingo, 19 de abril de 2015

Un jubilado contra la 'gran estafa' de las eléctricas


   

  • Lo despidieron hace 21 años tras negarse a participar en un reparto ilegal del mercado 

  • Desde entonces denuncia que 'estafan' con el alquiler de los contadores de la luz 

  • Ya van 11.224 millones de euros, alerta el ingeniero de Sevilla Antonio Moreno Alfaro 

  • Estima que sus denuncias han ahorrado a los consumidores unos 600 millones de euros 

  • Endesa intentó sin éxito el cierre judicial de su web, que atiende a miles de consumidores

Están los antiguos contadores electromecánicos y los modernos contadores electrónicos telegestionables, pero el más resistente contador de la luz es humano: un ingeniero industrial jubilado de 71 años de edad. Antonio Moreno Alfaro lleva desde 1994 ejerciendo en solitario desde su mesa de trabajo en el noveno de un bloque de Sevilla como guardián de los consumidores frente a los abusos, irregularidades y «estafas amparadas por la Ley» de las compañías eléctricas. 

Desde que lo despidieron cuando tenía 51 años del fabricante suizo de contadores donde trabajaba en Sevilla, Landis & Gyrs, no volvió a ejercer su oficio, pero a cambio ha dedicado decenas de miles de horas a denunciar y corregir un sector esencial. Desde su sitio, www.estafaluz.com, enseña cómo reclamar. «Paso delante del ordenador diez o doce horas diarias. El domingo es el único día en que salgo a dar un paseo con mi mujer. Estoy atado a la pata de la mesa», dice el colegiado 598 del Colegio de Ingenieros Industriales de Sevilla. 

Subraya que no habría podido sin el apoyo de su mujer, Ana Gómez, médica hematóloga que con su trabajo ayudó a mantener el hogar donde él cobraba sólo la ayuda para parados mayores de 52 años, y de sus cuatro hijos. Los dos varones, Antonio y Pablo, diseñador industrial uno e ingeniero electrónico y de telecomunicaciones el otro, le montaron la web y le enseñaron a programar con lenguaje html; Ana y Beatriz son psicóloga y estudiante de Pediatría.

Dice que la energía la saca de la indignación por su despido. Cuenta que lo echaron bajo la acusación de robar documentos, pero señala que esa carpeta que efectivamente se llevó el día que lo despidieron se la entregó al juez para denunciar que los fabricantes de contadores, reunidos en el «grupo clandestino Contact», se estaban repartiendo ilegalmente el mercado. Asevera que la causa real de su despido fue que se negó a participar en esas reuniones y lo reveló. 

Miles de denuncias de consumidores

Endesa pidió que cerraran su página por calumnias pero el juez dictaminó que le ampara la libertad de expresión. Destaca que cada denuncia que publica se basa en documentos oficiales y en los casos que le envían los consumidores. Como el de una mujer de Cádiz cuya factura pasó de 30 euros a más de mil

Enseña su bandeja de correo, estafaluz@gmail.com, con 6.994 mensajes recibidos desde que cambió a gmail hace cuatro años. Ha respondido a 5.400 y dice con apuro que debe contestar al resto. Las misivas han aumentado desde que hace unos días elconfidencial.com le hizo una entrevista que ha reverdecido su proyección de hace unos años. De IU son los únicos políticos que le han apoyado, antes Antonio Romero y ahora José Luis Centella.

Le enseñamos nuestra factura de la luz, con Endesa Energía XXI S.L.U. Y nos aconseja: «Es mejor, sin duda, estar en una de las cinco comercializadoras del mercado regulado, como ésta, que no en las numerosas del mercado libre», en el que aquéllas tienen sus filiales, como Endesa Energía Unipersonal S.A. «En el mercado regulado, reclamar ante la Junta es gratuito; en el mercado libre, hay que ir a los tribunales». Éstas son encima más caras, avisa.

¿En qué se basa para afirmar que las grandes eléctricas llevan estafados 11.224 millones de euros a sus clientes desde diciembre de 1984, y creciendo, «con la complicidad de los gobiernos del PSOE y el PP»? Indica en nuestra factura el concepto Alquiler equipos de medida y control, que con el contador telegestionable, más moderno, vale 0,85 euros al mes, y con el electromecánico, 0,54. No parece una cantidad por la que merezca la pena disgustarse: pero multiplicada por 27 millones de contadores domésticos en España -unos 9 modernos y el resto pendientes de sustituir-, representa millones al mes. Explica que desde 1984 rige una orden del Gobierno que multiplicó por 30 -desde 2,45 pesetas- el precio que las eléctricas podían cobrar por el alquiler del contador a razón de un 1,25% del coste medio del aparato, pero a cambio de que las empresas destinaran el dinero recaudado a costear la verificación de esos contadores. 

Contadores sin verificar

Denuncia que esa verificación no se hace, salvo en contados casos cuando un cliente reclama e interviene Verificaciones Industriales de Andalucía (Veiasa), organismo de la Junta; de manera que el dinero del alquiler es un beneficio más para las empresas. Teniendo en cuenta que un aparato moderno le cuesta a la empresa unos 25 o 30 euros, en tres años ha amortizado su coste.

Añade que «la estafa ha aumentado» porque la evolución del precio legal por el alquiler no se ha vinculado, como sería lógico, al del coste del aparato, sino al del precio del kilowatio/hora, que no ha dejado de subir. A ese dinero cobrado indebidamente, según sus denuncias, hay que sumar los kilovatios facturados de más por los contadores que no miden bien. Enseña un estudio de la organización de consumidores OCU en el que colaboró, que reveló en el año 2000 que el 80% de los contadores que analizaron contaban de más. OCU calculó una sobrefacturación anual de 8.500-14.800 millones de pesetas. Con el fin de mejorar la medición, desde 2010 se están sustituyendo por los telegestionables, pero Antonio Moreno advierte de que éstos tampoco están exentos de error y que sigue sin haber una verificación sistemática.

Sus denuncias han ahorrado "600 millones de euros"

Aunque la «estafa masiva» seguirá, dice, hasta que el Gobierno fije un protocolo de verificación y baje el alquiler, de momento se felicita por sus victorias. Calcula que sus denuncias le han ahorrado a los consumidores y hecho perder a las empresas, al menos en teoría, unos 600 millones de euros. Unos 300 millones son por la bajada desde 2001 del 10% del alquiler del contador y 300 más por la obligación desde 2010 de que los 11 euros con IVA del derecho de enganche por el cambio del contador lo asuma la empresa. En la práctica, sin embargo, le llegan casos en que la empresa -enseña uno con Endesa- sigue cobrando el cambio de contador y sólo devuelve el dinero tras una engorrosa reclamación. Y, se pregunta, ¿quién pierde días para recuperar once euros? Goliat va así arañando millones.
Bajamos al cuarto de contadores de su bloque, nos enseña el suyo y advierte de otro perjuicio «que pocos conocen». Hay un registro de consumo en hora valle, más barata, y otro para la hora punta, más cara. «Si hay una avería general, el contador se pone en modo punta»

¿Dejará su lucha? «Ni con millones de millones que me dieran me callarían». Este hijo único se lo debe a sus padres -él, repartidor de giros telegráficos- por su apoyo para que fuera ingeniero; y se lo debe a los que le piden ayuda. «Es como el que es médico y ve que a alguien lo atropellan. ¿Cómo no va a ir a ayudarlo?».

Fuente: El Mundo

jueves, 16 de abril de 2015

La economía (de algunos) por encima de la justicia: El Tribunal supremo apelando al "trastorno económico" para la entidades demandadas no obligará a devolver todo lo cobrado por las cláusulas suelo declaradas nulas



Al final, resultará que las trapacerías empleadas por los bancos para esquilmar a sus clientes con las cláusulas suelo declaradas nulas les van a salir rentables, ya que no tendrán que devolver todas las cantidades ilícitamente obtenidas en aplicación de estas claúsulas abusivas.

Ello hay que "agradecérselo" al Tribunal Supremo quien ponderando un supuesto trastorno económico de no se sabe quién -no se referirá, desde luego, a las miles de familias que vieron ilícitamente incrementada su cuota hipotecaria por las cláusulas suelo- estima que la nulidad de las cláusulas no ha de implicar la devolución de todo lo cobrado ilegalmente. 

Es decir, en este caso no se aplica el elemental principio jurídico de que lo nulo equivale a inexistente y que una cláusula contractual nula ha de ser considerada desde el inicio como no puesta, no pudiendo en ningún caso beneficiar al infractor que predispuso unilateralmente en la relación contractual esa cláusula abusiva.

Por lo visto la economía de unos pocos, prima sobre la protección de los consumidores.

Es como lo de Robin Hood, ¡pero al revés!

Esta es la noticia que se publicó el El País

El Supremo no obligará a devolver todo lo cobrado por las cláusulas suelo

El Tribunal apela al "trastorno económico" de la medida para las entidades financieras

El Tribunal Supremo ha apelado al "trastorno económico" que supondría para la banca devolver todo lo cobrado de más por las cláusulas suelo de hipotecas declaradas abusivas y ha zanjado de forma definitiva la discrepancia entre los jueces sobre el asunto, al concluir que no restituirá aquellas anteriores al 9 de mayo de 2013. Ese día, el Supremo dictó una sentencia en la que declaraba nulas todas las cláusulas suelo que no cumplieran con los criterios de transparencia, incluso si el cliente se benefició "durante un tiempo" de caídas en el euríbor y declaraba la irretroactividad de su decisión.
Sin embargo, desde esa fecha muchos tribunales españoles han fallado a favor de la devolución de las cuantías cobradas de más desde el inicio del contrato, al entender que el Supremo falló sobre una acción colectiva de cesación -lo que suponía eliminarla de las condiciones generales del contrato y no aplicarla en lo sucesivo-, y no se debían aplicar a casos individuales.
Ahora, el alto tribunal, estimando un recurso del BBVA contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava que, siguiendo este criterio, condenó a la entidad a restituir las cantidades desde el principio, aclara que el "conflicto jurídico" entre una acción colectiva y una individual es el mismo. En este sentido, insiste en que su sentencia de 9 de mayo de 2013 ya fijó doctrina "para todos aquellos supuestos en que resulte, tras su examen, el carácter abusivo de una cláusula suelo".Los tribunales favorables a la devolución de las cantidades también se aferraban a que los casos individuales no suponían "el trastorno grave para el orden económico" que invocó hace dos años el Supremo para declarar la irretroactividad de su sentencia. A ello, el Supremo responde que "la afectación al orden público económico no nace de la suma a devolver en un singular procedimiento, que puede resultar ridícula en términos macroeconómicos, sino por la suma de los muchos miles de procedimientos tramitados y en tramitación con análogo objeto".
Con todo, los magistrados dejan claro que "la limitación de la retroactividad no es algo anómalo, novedoso o extravagante".
La nueva sentencia del Supremo cuenta, no obstante, con el voto particular del magistrado Francisco Javier Orduña, partidario de haber distinguido la acción individual de la colectiva y de devolver las cantidades íntegras cuando se haya anulado una de estas cláusulas. Considera que hace dos años sus compañeros condenaron a las entidades de crédito a cesar en la aplicación de las cláusulas suelo y abstenerse de utilizarlas en el futuro, pero "en ningún caso" se pronunciaron "en relación a la restitución de las cantidades indebidamente cobradas".
Orduña opina que es necesario examinar cada caso individual y, de declararse la nulidad, deberá tener un "efecto devolutivo" de las cantidades percibidas por la aplicación de la cláusula. "Todo ello, sin contar que el verdadero motivo de la limitación del denunciado efecto retroactivo de la nulidad de la cláusula, en su momento, no fue otro que el posible riesgo de transtornos graves o sistémico en las entidades financieras; riesgo que en la actualidad ha desaparecido merced al saneamiento financiero efectuado", concluye.

jueves, 9 de abril de 2015

Lo que no se ha dicho sobre el desastre del avión en Los Alpes por Vicenç Navarro







Lo que no se ha dicho sobre el desastre del avión en Los Alpes

Vicenç Navarro
  Catedrático de Políticas Públicas. Universidad Pompeu Fabra

Artículo publicado en Público

La gran concentración de las noticias en los mayores medios de comunicación españoles ha sido sobre la salud mental del copiloto del avión que estrelló el vehículo que pilotaba, causando la muerte de las ciento cincuenta personas que viajaban en él. Pero no se ha dicho nada sobre las condiciones contractuales de tal piloto, ni sobre las circunstancias que determinaron que un piloto con tan escasa experiencia en manejar tal vehículo tuviera esa responsabilidad: tripular un avión de tal complejidad y desarrollo tecnológico como el Airbus A230 que estrelló. Según un reportaje publicado en el New York Times del pasado 2 de abril, el copiloto Andres Lubitz (un nombre hoy internacionalmente conocido) acumulaba solo 630 horas de vuelo, una cifra considerada muy limitada e insuficiente para pilotar tal aparato. ¿Cómo puede ser que a una persona con tan poca experiencia de vuelo, solo 630 horas, se le permitiera tripular un A320? Esto se preguntaba en este reportaje una ex comandante de la Armada de EEUU y ex piloto de la compañía estadounidense United Airlines, la Sra. Amy Fraher. La respuesta de tal piloto, que hoy es profesora de la Universidad de Birmingham en Gran Bretaña, es que por el interés de reducir costos, la formación y la experiencia de los pilotos se ha reducido excesivamente, saltándose las exigencias y requisitos que solían pedirse de siete u ocho años de experiencia en tiempos anteriores. Tal exigencia está particularmente acentuada en las compañías aéreas de bajo coste (las conocidas como “low cost”). Estas son las conclusiones de una persona experta en aviación civil y militar, representando una opinión que está bastante generalizada. Ni que decir tiene, las compañías de “low cost” han promocionado la opinión opuesta, como también lo han hecho las asociaciones profesionales de los pilotos de avión. Y estas han sido las voces que han tenido mayor visibilidad en los medios. Debería haber –y hoy no los hay- estudios internacionales objetivos, rigurosos e independientes, que analizaran la seguridad en la aviación civil en términos comparativos, incluyendo datos sobre la calidad de formación y experiencia de los pilotos por tipo de compañía aérea. Los hay por tipo de avión, pero no los hay por tipo de piloto. 

El valor de los accidentados por nacionalidad 

Otra información que tampoco ha tenido demasiada visibilidad es la compensación que los tribunales otorgarán a los familiares de los muertos en accidentes de aviación. Los lectores podrán ver en las compensaciones de la compañía propietaria del avión estrellado, Germanwings Co., que esta pagará mucho menos a los familiares de las víctimas españolas que a los de las víctimas estadounidenses. Esta ha sido una práctica generalizada desde hace tiempo. El valor de una vida española cotiza en los tribunales mucho menos que el valor de una vida estadounidense. Según otro artículo publicado el pasado 30 de marzo en The New York Times (“Germanwings Crash Settlements are Likely to Vary by Passenger Nationality”), según James Healy-Pratt, director de despacho de accidentes de aviación civil del famoso bufete de abogados británico Stewards Law, el promedio de compensación de un ciudadano estadounidense en una muerte por accidente aéreo es de 4.5 millones de dólares, más de tres veces superior a la compensación del ciudadano español (una diferencia muchas veces mayor que la diferencia del estándar de vida entre los dos países). La causa de que ello sea así se debe a que, en la mayoría de los casos, los familiares de las víctimas llevan a las compañías aéreas a los tribunales de los países donde residen, y son las compañías de seguros de tales compañías las que pagan las compensaciones dictadas o negociadas por los tribunales de cada uno de esos países. En el caso del avión estrellado en los Alpes había 16 países involucrados dada la gran variedad de nacionalidades representadas entre las víctimas. 

Los tribunales y la legislación estadounidense son mucho más protectores del consumidor y del usuario que los tribunales españoles y su legislación. 

Y ahí está el quid de la cuestión. Los tribunales y la legislación estadounidense son mucho más protectores del consumidor y del usuario que los tribunales españoles y su legislación. Esta es la conclusión del artículo del New York Times. Y esta es también mi experiencia, pues he vivido en España y en EEUU por muchos años, y lo he podido comprobar. En general, en temas de protección del usuario, el legislador y el juez estadounidense son más favorables a la ciudadanía que los españoles y los europeos (la compensación para los ciudadanos británicos y alemanes es también mucho más baja que la de los estadounidenses, 1.6 y 1.3 millones de dólares respectivamente).

Las razones de que ello sea así son muy variadas. Pero una razón importante, y casi nunca citada en los medios españoles, es que los cargos judiciales son elegidos directamente por la ciudadanía estadounidense. El día de las elecciones, en la papeleta de los candidatos, verán que se eligen no solo a los políticos, sino también a los jueces, una situación impensable en España (donde el enorme conservadurismo de la judicatura es bien conocido internacionalmente) y en Europa. No estaría mal que algunos de los partidos progresistas hicieran tales propuestas aquí también.