jueves, 13 de junio de 2013

EL FINAL DE LAS CLÁUSULAS SUELO. EL TRIBUNAL SUPREMO ELIMINA Y CONDENA A LA BANCA A NO UTILIZAR ESTAS CLÁUSULAS ABUSIVAS





Los jueces están complicando la vida a los bancos. Las últimas sentencias, tanto las de España como las europeas, están obligando a modificar sus normas y sus contratos, considerados en muchos casos abusivos. El último golpe, para una parte del sector, lo han recibido del Tribunal Supremo, que este miércoles aclaró en un auto una sentencia que ya había señalado el 9 de mayo que las cláusulas suelo (los topes aplicados a los intereses hipotecarios para evitar que se reduzcan llegado un límite incluso aunque baje el euríbor) no son válidas si su inclusión en el contrato del préstamo no fue completamente transparente. El efecto inmediato es que la cláusula suelo dejará de aplicarse en cientos de miles de hipotecas.

El tribunal dictó su sentencia el 9 de mayo tras un recurso presentado por Ausbanc. Este miércoles ha respondido a las aclaraciones solicitadas por el BBVA, Novagalicia y la cooperativa Cajamar. Estas tres entidades habían sido condenadas por aplicar estas cláusulas sin explicarlas con suficiente transparencia a sus clientes. La sentencia declaró nulas sus cláusulas por seis razones como la falta de información suficiente, de advertencias sobre el coste comparativo con otros productos, la relación entre suelo y techo...

La banca preguntó si se debían producir todas esas circunstancias a la vez o ya era nulo si existían algunas de ellas. La respuesta del Supremo ha sido clara: solo con que hubiera alguna, el contrato quedaba anulado.

El BBVA estaba esperando esta aclaración de los jueces para tomar medidas tajantes: anunció que dejará de aplicar las cláusulas suelo de las 425.000 hipotecas que tienen esta condición, con efectos desde el 9 de mayo. El suelo medio que aplica es del 2,8%. El euríbor está en el 0,50%, índice al que se suma entre 0,5 y un punto, de forma que para muchos clientes la medida supondrá un descuento de entre 1,8 y un punto en la hipoteca, una gran noticia para sus clientes.

Un ahorro medio de 82 euros al mes

El banco estima que con la situación actual del euríbor a un año la aplicación de esta medida reducirá los ingresos en unos 35 millones mensuales. Si se anualizara el cálculo, algo que no es exacto porque dependerá de la evolución del índice, la entidad ingresaría 420 millones menos, una cantidad muy alta teniendo en cuenta la caída de ingresos producida por la reducción de créditos. Teniendo en cuenta el número de hipotecas afectadas y el impacto para el banco, una simple división muestra que el ahorro medio para las hipotecas afectadas es de unos 82 euros mensuales, 988 euros al año. Obviamente, el impacto es mayor cuanto menores son los tipos de interés y viceversa.

Cajamar también anunció la supresión de esas cláusulas y falta por pronunciarse Novagalicia NCG Banco, la entidad controlada por el Estado. Fuentes financieras consideran que será muy difícil que no siga los pasos de las otras condenadas por lo difícil que resultará explicar que unos lo hacen y otros no. Novagalicia podría revisar contrato por contrato para determinar en cuál existe abuso. Sin embargo, esta decisión también podría provocarle una oleada de demandas por parte de los clientes, lo que se sumaría a la difícil situación que vive la entidad por las cuantiosas quejas de los ahorradores que invirtieron en preferentes.

Ahora la incógnita está en saber qué harán los competidores que no están afectados por la sentencia. “Jurídicamente no están obligados. Sin embargo, existen otras variables distintas de las jurídicas, como las comerciales y las reputacionales, que analizarán con cuidado los bancos con cláusulas suelo”, comenta un experto jurídico de una consultora que pide el anonimato.

En España hay unos 1,7 millones de hipotecas con cláusulas suelo, según los datos que se facilitaron al Senado en 2010. Eso supone casi una de cada tres hipotecas.

Lo que nadie duda es que desde el punto de vista comercial va a ser difícil de justificar estas cláusulas para otras entidades, y más en un sector donde la relación con los clientes se ha tensado mucho por la crisis y los rescates. Otros también apuntan de que lo que haga el BBVA afectará a todos por su alta cuota de mercado. Banco Santander y La Caixa, las otras dos mayores entidades españolas, no aplicaban cláusulas suelo a sus hipotecas.

Sin efectos retroactivos

La sentencia no tiene efectos retroactivos, por lo que no afectará a los pagos ya efectuados. Es decir, los bancos no devolverán lo cobrado de más a los clientes en aplicación de unas cláusulas que el Supremo ahora considera nulas. El presidente de la asociación de usuarios de bancos, cajas y seguros Adicae, Manuel Pardos, considera que el Supremo debería sentar doctrina también sobre los resarcimientos por cláusulas suelo ilícitas incluidas en contratos hipotecarios y auguró posibles demandas colectivas.
El auto indica, además, que los suelos son nulos incluso si el cliente se benefició “durante un tiempo” de caídas en el euríbor. Es decir, que aunque no se tratara al 100% de un plazo variable disfrazado de uno fijo (porque hasta llegar al suelo, si hubiera existido alguna variación de los intereses), también puede ser anulada.
El Supremo añade también que meros “formalismos carentes de eficacia, como puede ser la lectura del contrato por parte del notario”, no pueden sustituir el “perfecto conocimiento” de todos los términos del contrato, imprescindible para que el consumidor decida si firma o no firma el contrato hipotecario. Otro golpe a la credibilidad de la banca.


Fuente:
http://economia.elpais.com/economia/2013/06/12/actualidad/1371056325_319530.html

martes, 11 de junio de 2013

El Calatrava: recopilación de un dislate.La operación municipal de los palacios de Buenavista y el Vasco


Guillermo Zarracina. Arquitecto

En los estertores del siglo pasado, en una ciudad pequeño-burguesa pero grandona, confluyeron una suerte de fenómenos astrales, que traerían consecuencias todavía impredecibles.

Tres circunstancias, tres ejes diamantinos asomaron tras la loma que llamaban La Cuesta, formando un luminoso triángulo: un vértice lo ocupaba el capital, otro el Opus Dei y el tercero la ambición política, casi siempre perniciosa.

A tal fenómeno vino a añadirse en su centro el ojo de un arquitecto de conflictiva fama.
Ya tenemos, pues, la conjunción de un poder casi divino y sus vértices; líbreme el temor de poner nombres... atrévanse ustedes en sus casas a susurrarlos bajito...

¿Consecuencias? Vamos a resumirlas en diez, cual los mandamientos, para no desviarnos de la mística, que impregna todo el proceso.

Primera: para bien empezar, se plusvalora al arquitecto adornándolo con un premio de reconocido prestigio, que además se concede en Asturias..., para así sentar bases y sobre todo acallar gargantas.

Segunda: conculcación de toda suerte de legislación vigente, para poder construir en una zona verde, sin cumplir ninguna de las provisiones que el Plan de Ordenación prescribe para tal actuación.

Tercera: atolondrada creación de una empresa promotora, con técnicos, economistas y subcontratas, recogidos a la cacea, para dar pretendida competencia, frente a una obra que, evidentemente, hubiera requerido de una empresa de probada solvencia, experiencia y currículo acreditado, dada la segura y enorme complejidad de la misma.

Cuarta: dar vías de apariencia legal al «amagüesto», convocando un concurso imposible, por sus exigencias, que otorga ¡cómo no! la obra, al único presentado: el inefable arquitecto, conjuntamente con la ejecución del proyecto del Palacio de Congresos a la «nova constelación» Jovellanos XXI.

Quinta: desprecio olímpico de la legislación que regula la concesión de licencias municipales: visado colegial, licencia provisional y licencia definitiva de obra. Para obtener esta última condición es indispensable la presentación completa de un Proyecto Básico y de Ejecución, que contemple apartados tan esenciales como: plazos, presupuestos, precios descompuestos, precios unitarios, cálculos de estructuras, etcétera, documentos todos ellos imprescindibles para regular y controlar el futuro edificio y que ahora nos enteramos: ¡no existieron nunca! Aquí, la mano de la Alcaldía.

Sexta: desconocimiento, en su momento, de nombramientos tan esenciales como: director de obra, ingenieros asociados y autorizados, aparejadores, etcétera. Camuflados como profesionales, obligados a dar apariencia de legalidad a tan complejo edificio, lo que, por supuesto, dificulta la fijación de responsabilidades ante los desmanes económicos y arquitectónicos que se han producido durante, antes y después de la ejecución de la obra.

Séptima: desprecio intolerable del laureado autor y presunto director del proyecto, ¡que sólo lo visitó una vez!... ocupado, sin duda, en otros proyectos de universal importancia y segura ruina para cuanto toca, en ese proceloso mundo del papanatismo arquitectónico.

Octava: casi obligar a la compra de dos alas del edificio por parte de la Administración regional, sin cuya ayuda nunca hubiera culminado el proyecto, dadas las mastodónticas dimensiones que el sublime arquitecto y Jovellanos XXI habían previsto para la zona de oficinas, pensando en su venta y explotación. (Y que los avispados economistas y sociólogos asesores no advirtieron). ¡Gordo!

Novena: varias preguntas: ¿qué es de esa amalgama inescrutable del edificio Calatrava y la «ocupación» de la llamada parcela del Vasco?, ¿y los proyectos sucesivos: delirantes palacios de justicia, bellas artes y grotescas torres trillizas e inclinadas?, ¿cómo se pagaron esos proyectos?, ¿a cambio de qué?, ¿a qué precio se pagó el suelo propiedad de los ovetenses?, ¿por qué aparece un conjunto de bloques de viviendas, mal orientadas, donde otrora se planteaba un equipamiento para la ciudad?, ¿cuál es el nuevo compromiso Ayuntamiento versus Jovellanos XXII?

Décima: que no se quiera simular, según se desprende de las últimas trifulcas judiciales, como únicos representantes al arquitecto y a la promotora. Aquí hay un último perjudicado, quien al final pagará los cristales rotos: el Ayuntamiento, los ciudadanos con su patrimonio que, a más de poner el suelo graciosamente, tendrán que hacerse cargo de la concesión por quiebra presumible (Jovellanos XXI en concurso de acreedores).

Estas diez consideraciones pueden resumirse en dos: una conclusión y una propuesta:

Conclusión: «¡Ahí la hemos jodido, Zabalita!», como se lamentaba el personaje de Vargas Llosa. Y la hemos jodido para siempre, con esa desproporcionada y monumental deposición blanca, para vergüenza de nuestro futuro urbanístico. Imaginen: «... hubo un tiempo en el siglo pasado en el que los ovetenses permitieron la construcción de ese bodrio que...».

¡Oviedo no se merecía esto!... O sí.

Y propuesta utópica: quizás estemos todavía a tiempo de meter la piqueta a todo lo que sobresale del suelo en lo que fue el recordado Tartiere y vendiendo como chatarra los escombros, restituir la visera de Ildefonso Sánchez del Río y Jesús Meana, para luego, aprovechando los aparcamientos y los sótanos, crear un espacio ferial del que estamos tan necesitados en una ciudad sin barracas... sería una zona elegantemente protegida, cubierta y útil.

Los tiempos que corren dan suficiencia al auditorio de Beca para congresuar, como vino siendo hasta ahora, los eventos menguantes del futuro.

¡Qué pena!

Fuente:  http://www.lne.es/oviedo/2013/05/29/calatrava-recopilacion-dislate/1419307.html

sábado, 1 de junio de 2013

El mundo, al revés. La CNMV, supervisor de la Entidades Financieras, culpa a los preferentistas por comprar un producto "no conveniente"



Elvira Rodríguez, Presidenta de la CNMV, sonríe a su llegada al Congreso de los Diputados

El primer informe de la Comisión creada por el Gobierno para proteger a los inversores, defiende a los bancos: dieron la información correcta . La presidenta de los consumidores discrepa: "Parece un documento destinado a justificar lo sucedido"

La presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Elvira Rodríguez, suscribe en un informe enviado al Parlamento que los bancos y cajas de ahorros cumplieron sus "obligaciones de información a la clientela" sobre las características de las participaciones preferentes, "salvo casos puntuales".

Asimismo, subraya que, en algunas entidades, "el número de clientes que contrató el producto después de ser advertido de que la operación era 'no conveniente' fue muy elevado".

Estas conclusiones se incluyen en el primer informe, elevado al Congreso el pasado 21 de mayo, que ha elaborado la Comisión de Seguimiento del problema de las preferentes y la deuda subordinada. Este órgano fue creado por el Gobierno el pasado 22 de marzo, mediante Real Decreto, está presidido por la propia Elvira Rodríguez, e integrado además por el subgobernador del Banco de España, los secretarios generales de Sanidad y Consumo, y del Tesoro, y la presidenta del Consejo de Consumidores y Usuarios.

Esta última, Francisco Sahuquillo, ha emitido un voto particular al informe al considerar que no cumple el mandato recibido de analizar los factores generadores de las reclamaciones de los preferentistas, ni denuncia "las malas prácticas generalizadas" de los bancos y cajas, sino que "más bien parece un documento destinado a justificar lo sucedido". "En ciertos casos, guardar silencio es la mayor mentira", añade Sahuquillo.

Ello pese a que el decreto que crea la Comisión de Seguimiento se llama "de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero".

El informe de la Comisión analiza la comercialización de las preferentes y otros productos híbridos, que entre 1998 y 2012 alcanzó los 115.283 millones de euros, con más de 3 millones de suscriptores. Expone que, debido a que "algunos de los canjes ofrecidos a los inversores no ha permitido la recuperación de la totalidad de la inversión", se han incrementado exponencialmente a partir de 2012 las quejas de los pequeños ahorradores que han llegado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Como motivo más frecuente de las reclamaciones, se señalan dos: contradicción entre la información verbal del banco y la documentación del contrato, que llevaba al cliente a creer que era un producto carente de riesgo, similar a una imposición a plazo fijo; y atribución de la compra a una recomendación verbal del personal del banco, aunque sin acreditación documental que lo confirme o incluso con documentos que lo desmienten.

Para explicar la diferencia entre la información verbal y la contractual, el dictamen menciona "los incentivos económicos ligados a la venta de los activos" que tenían los empleados de las distintas sucursales de bancos y cajas. Es lo más próximo que se encuentra en el texto a una justificación de fondo de lo ocurrido.

Sobre el marco regulador y supervisor de estos productos, el informe dice que, en general, no tienen un tratamiento específico dentro de la normativa del mercado de los valores, y añade que "según el marco normativo español y europeo, existe libertad de emisión, aún en el caso de los instrumentos financieros mas complejos". En ese sentido, si con cada emisión se registra un folleto informativo exhaustivo por la entidad, "no puede prohibirse que se comercialicen entre inversores minoristas instrumentos financieros basándose en su complejidad o en que incorporen elevados niveles de riesgo".

El informe dedica una parte importante de su contenido a defender también la propia actuación supervisora que hizo la CNMV, y lo que denomina fomento de la transparencia y difusión de buenas prácticas, recogiendo folletos que emitieron advirtiendo de las características del producto en 2009, poco tiempo antes de la mayor emisión del ciclo, por valor de más 12.000 millones de euros, que se hizo recaer sobre todo en clientes minoristas cuando ya se había desatado la crisis económica y financiera mundial.

En relación a aquella masiva emisión de preferentes --que ha desencadenado muchas de las reclamaciones judiciales pendientes--, el documento señala que el trabajo de la CNMV fue revisar, con carácter previo al registro de la emisión, "persiguiendo una actuación preventiva", la documentación que se iba a entregar a los inversores y a la red comercial. Además, posteriormente, se revisó si las entidades habían cumplido con las obligaciones de información y valoración de la convenincia del cliente.

Las conclusiones sacadas por la CNMV son tres:

-En primer lugar, dice, "llama la atención que, en determinadas entidades, el número de clientes que contrató el producto después de ser advertido de que la operación era 'no conveniente' fue muy elevado. Esta circunstancia puso de manifiesto la necesidad de reforzar la normativa en lo relativo al consentimiento informado de los cliente".

-En segundo término, "el porcentaje de clientes a los que las entidades reconocen haber recomendado de manera personalizada la contratación de estos productos es absolutamente marginal".

-Y en tercer lugar, "por lo que se refiere al cumplimiento de las obligaciones de información de la clientela en la comercialización la conclusión es que, salvo casos puntuales, las entidades acreditan el cumplimiento de la normativa vigente, al menos desde la perspectiva de la documentación contractual que soporta la operación".
El informe añade que esta conclusión no es incompatible con las numerosas reclamaciones de los clientes de que la información verbal recibida era distinta a la documentación del contrato, ya que lo que hizo la CNMV fue analizar los procedimientos de los bancos y la documentación acreditativa de las operaciones. "La CNMV carece de elementos probatorios que permitan comprobar lo realmente ocurrido", señala el organismo supervisor.

El documento de la Comisión, que ha regulado recientemente las condiciones del arbitraje de Bankia, reconoce después que sólo los tribunales ordinarios de justicia tienen capacidad legal para obligar a las entidades supervisadas a compensar por los daños derivados de una deficiente comercialización.

En ese sentido, recoge los datos que la presidenta, tanto de la CNMV como de la Comisión, Elvira Rodríguez, facilitó este miércoles en el Congreso: que la Comisión tiene abiertas actuaciones disciplinarias a nueve grupos financieros por incumplimientos de la normativa en la comercialización de las preferentes y obligaciones subordinadas, que afectan a emisiones por importe de 6.212 millones de euros. Sin embargo, los expedientes no concluirán con la devolución del dinero a los perjudicados, sino que su finalidad, dice la Comisión, es "conseguir disciplina de mercado y que las malas prácticas no se reiteren en el futuro".

El voto particular de la presidenta del Consejo de Consumidores y Usuarios, Francisca Sahuquillo, critica el informe de la Comisión de la que ella misma forma parte al estimar que "niega el problema al considerar que se trata de una situación sobrevenida que surge con la materialización de los riesgos de los instrumentos híbridos como consecuencia de la crisis, cuando la raiz del problema no deriva de su instrumento, sino de su incorrecta comercialización entre la clientela minorista".

Para Sahuquillo, el dictamen omite que la Comisión ha aprobado unos criterios para el arbitraje, que tienen como presupuesto "un problema de malas prácticas generalizadas".

"En ciertos casos, guardar silencio es la mayor mentira", señala la responsable del Consejo de Consumidores, quien está convencida de que el gran número de reclamaciones demuestra que existe un problema de inadecuada comercialización. Y agrega: "La descripción de la normativa aplicable que se recoge en el informe es tan fria que se realiza al margen del problema existente con la comercialización de los híbridos financieros".

Sahuquillo se queja de que el informe defiende el buen funcionamiento como organismo supervisor de la CNMV, cuando tuvo lagunas y deficiencias y sólo actuó "a toro pasado". "En suma, el informe no cumple con el mandato recibido de analizar los factores generadores de las reclamaciones. Más bien parece un documento destinado a justificar lo sucedido". 

Fuente:  Público

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