sábado, 25 de agosto de 2012

Proyecto de Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado de Alquiler de Viviendas



  •   Se posibilitará deducir del alquiler las reformas y mejoras llevadas a cabo por el inquilino en el domicilio.

  •  El inquilino podrá desistir del contrato de arrendamiento siempre que lo comunique al arrendador con una antelación mínima de un mes

  • Se permitirá subir los alquileres por encima del IPC si así lo acuerdan las partes

  • Los desalojos podrán iniciarse pasados diez días del primer impago

El Consejo de Ministros aprobó ayer la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado de Alquiler de Viviendas.

Aspectos relevantes de la norma:

Aumenta la posibilidad de que las partes puedan adoptar acuerdos y pactos sobre aspectos que, anteriormente, no se podía disponer. En consecuencia se refuerza el principio de autonomía de las partes en detrimento de la regulación jurídica de dichos aspectos. 

La libertad de pactos afecta al derecho de adquisición preferente, que se podrá renunciar (a falta de acuerdo, este derecho seguirá en vigor) o la actualización de la renta cuyo procedimiento se podrá pactar libremente (hasta ahora, las rentas debían actualizarse con base en el Índice de Precios al Consumo). 

La norma acoge la posibilidad de que las mejoras acordadas o pactadas a cargo del inquilino se apliquen al pago de la renta.

En cuanto al tiempo de duración del contrato, éste será el expresamente pactado por las partes sin perjuicio de que se reduce de cinco años a tres la prórroga obligatoria y de tres a un año la duración de la prórroga tácita.

El arrendador podrá recuperar su inmueble en cualquier momento, cuando se den las condiciones legalmente requeridas para ello, sin necesidad de que esta opción haya tenido que estar expresamente prevista a la firma del contrato, y siempre que hubiera transcurrido al menos el primer año de duración del contrato. 

El inquilino podrá desistir del contrato de arrendamiento comunicándolo al arrendador con una antelación mínima de un mes. Hasta ahora, en los contratos por más de cinco años, el arrendatario podía desistir a partir del quinto año con un preaviso de dos meses. La nueva ley amplía la posibilidad de desistimiento a los contratos de más de tres años y reduce el preaviso a un mes. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, el arrendatario indemnice al propietario con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir.

Se prevé que el arrendamiento de viviendas pueda ser inscrito en el Registro de la Propiedad y ello garantice la posición del inquilino, cuyo contrato deberá ser respetado en todo caso si se produce la venta de la vivienda. La inscripción en el registro será voluntaria.

Proceso de desahucio por falta de pago

La norma reforma la Ley de Enjuiciamiento Civil  a fin de que, cuando se presente una demanda de desahucio por falta de pago, se requiera al demandado para que en diez días proceda al pago o alegue las razones que justifiquen el impago. 

El juez dictará una sentencia terminando el proceso si el demandado no compareciese, no pagase o no justificase el impago. En la ejecución del desahucio será suficiente la presencia de un solo funcionario judicial.


martes, 21 de agosto de 2012

¿Y si tomo un yogur caducado?. Tirar a la basura alimentos aptos para el consumo supone un despilfarro que cuesta cientos de euros a cada familia.




Comer alimentos pasados de fecha es un riesgo, pero unos son más peligrosos que otros

La crisis lleva a despilfarrar menos, aunque cada español tira 163 kilos al año


Fuente: El País
Autora: María R. Sahuquillo

Ahí, en el primer estante de la nevera, esperan solitarios dos yogures de macedonia. Vistazo rápido a la tapa y constatación: caducaron hace un par de días. En algunos hogares, el producto irá directo a la basura. Sin abrir y sin dudarlo. En otros, tras un pequeño sondeo visual —no tiene moho, no está blandurrio— y olfativo, es probable que el lácteo acabe en un estómago agradecido. ¿Ocurre algo por tomar un yogur pasado de fecha? ¿Y si se trata de otro tipo de producto? Es, sin duda, un riesgo. Pero lo que a algunos les resultará completamente inocuo, a otros les puede provocar una intoxicación. Y el tipo de alimento también cuenta. No es lo mismo un yogur —un producto ácido donde es difícil que proliferen microbios patógenos— que un poco de carne picada fresca.

La duración de los alimentos siempre ha sido un tema de debate doméstico. Incluso de disputa. Hay opiniones para todos los gustos. Desde los más estrictos a los temerarios. Sin embargo, en época de vacas flacas y con los presupuestos para la cesta de la compra cada vez más ajustados, todo se mira. Y se estira al máximo.

“Las personas racionalizan más el gasto. No solo en lo que comen, prestando más atención a la duración de los productos, sino también en lo que compran. Se afina más y se despilfarra menos”, afirma Ruben Sánchez, portavoz de la asociación de consumidores Facua. Las cifras del derroche, sin embargo, son alarmantes: España tira 7,7 millones de toneladas al año de alimentos perfectamente comestibles. Lo que equivale a 163 kilos por persona, según Eurostat; 178, de media por habitante de la UE. Desecho que tiene mucho que ver con la falta de planificación, pero también con la confusión que suscita en algunos la duración de los alimentos.

“El 18% de los europeos no conoce la diferencia entre fecha de caducidad y de consumo preferente”, indica Frédéric Vincent, portavoz de Salud y Política de Consumo de la Comisión Europea. Tampoco sus implicaciones. Ambos conceptos tienen que ver con la vida útil del producto. Pero no son equivalentes en ningún caso. Así, la fecha de caducidad indica hasta cuándo el alimento es seguro para el consumo. Un plazo que afecta a la comida perecedera —pescado, carne, lácteos, pastelería—, que suele aguantar de 2 a 30 días, según el tipo. Una vez superada la fecha límite, nadie —ni el fabricante ni las autoridades sanitarias— garantiza su estado. Sin embargo, no todos los productos caducan. “Quesos, encurtidos, helados, legumbres o congelados pueden durar, según el caso, hasta tres años”, explican desde la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (Fiab).

Estos son, por tanto, los que llevan la etiqueta “consumir preferentemente antes de...”, una leyenda que indica el momento a partir del cual el producto va perdiendo sus propiedades organolépticas: sabor, aroma y textura. Tiene menos cualidades, pero continúa siendo seguro.

A pesar de eso, en muchos hogares terminan en la basura. “Hay alimentos, como las conservas o los cereales de desayuno, que, si no se abriera el envase, nunca caducarían. Por eso, al rechazar un alimento porque ha pasado su fecha de consumo preferente, muchas veces estamos rechazando alimentos perfectamente sanos y nutritivos aunque quizás solo ligeramente menos atractivos a la vista o al olfato”, apunta Marco Antonio Delgado, director de I+D y desarrollo de nuevos productos de leche Pascual.

Las fechas de vida útil de los productos las decide el propio fabricante, que en algunos casos sigue pautas de las autoridades sanitarias. Un límite —sobre todo el de caducidad— que a algunos les resulta demasiado escaso. Es la opinión de la eurodiputada danesa Anna Rosbach, de los Conservadores y Reformistas, que cree que las normas sobre la fecha límite están “basadas en estrictos requisitos de calidad que obligan a desechar toneladas de alimentos aún aptos para el consumo”, dice en un informe presentado en el Parlamento Europeo. Argumento que también comparte Tristram Stuart, profesor de Historia Medioambiental en la Universidad de Sussex, que considera que esas fechas determinadas por el fabricante son “muy cautelosas”. “Las empresas sienten la necesidad de protegerse de los litigios y la pérdida de reputación, pero deberían analizar las consecuencias ambientales y sociales que tiene el incremento de los residuos de alimentos debidos a unas fechas de expiración excesivamente prudentes”, mantiene Stuart, conocido activista contra el despilfarro.

¿De verdad es excesivamente corto el plazo marcado? “Pudiera ser en algunos casos, pero a los productores de alimentos, dada la longitud de las cadenas de distribución les interesa, de manera general, alargar la vida útil de sus productos”, responde Carlos Arnaiz, subdirector de calidad del Instituto Nacional de Consumo, organismo que depende del Ministerio de Sanidad. “El fabricante decide esa fecha teniendo en cuenta cuál es el tiempo previsible durante el cual, en condiciones normales de mantenimiento, el alimento no sufrirá una modificación por actividad microbiológica que suponga un riesgo para la salud de las personas”, dice. Se analizan, por tanto, la calidad de las materias primas, la tecnología de procesado, el tipo de envase o cómo será la cadena de frío. Con estos datos, explica Marco Antonio Delgado, y durante la fase de desarrollo del producto, se fija el plazo de consumo “con los adecuados márgenes de seguridad”.

Las fechas se revisan periódicamente, aseguran desde la Fiab. Para ello, los fabricantes guardan muestras del alimento en su envase definitivo y en condiciones similares a las que va a sufrir en el mercado —o incluso bajo condiciones más duras de temperaturas, luz o humedad— en las que después se analizará la calidad sensorial, microbiológica y de composición. “Así hasta determinar la máxima duración posible antes de que comiencen a aparecer desviaciones de sabor, olor o microbiología”, dice Delgado.

Además, este examen se repite cuando cambia en algo la receta, el recipiente o los procesos de elaboración. “Un nuevo envasado puede hacer que un filete de pollo, por ejemplo, sea más o menos conservable. El tipo de tratamiento que ha sufrido ese alimento también influye. Puede diferir si ha sufrido un tratamiento de altas presiones (pasteurización en frío) o si se utilizan para almacenaje envases bioactivos que tienen sustancias antimicrobianas o cultivos bioprotectores, activos inocuos que impiden el desarrollo de patógenos”, explica Alfonso Carrascosa del Instituto de Investigación en Ciencias de la Alimentación del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (Cial-CSIC).

También se considera el lugar donde se va a comercializar el producto. “Es vital tener en cuenta las características de cada país a nivel climatológico, de procesos culinarios...”, observa Andrea d’Agostino, director de Calidad e I+D del grupo Gallina Blanca Star. Pone como ejemplo uno de sus productos: el Jumbo, el avecrem de África pero enriquecido con vitamina A, en el que consideran las condiciones climáticas del continente africano además de las de conservación y cocinado.

Pero más allá de estas reglas, existen unos márgenes de seguridad en los alimentos una vez traspasada la fecha límite, como explicaba Delgado. Por eso, la eurodiputada Rosbach propuso en el Parlamento de la UE que en el etiquetado de aquellos productos cuyas características lo permitieran se incluyese una leyenda en la que se indique el plazo máximo de consumo seguro. Su idea no prosperó. No importa solo ese límite, aludieron expertos y parlamentarios, es que este puede variar mucho en función de cómo se haya conservado el producto.

Tómese el caso del huevo, por ejemplo, uno de los alimentos cuyo límite está regulado. La normativa marca que su fecha de consumo preferente es, como máximo, de 28 días tras la puesta. “Lo cierto es que podrían durar mucho más”, informa Juan Gigante, director general de Dagu, empresa productora de huevos y ovoproductos —huevo líquido, concentrado, desecado, cristalizado...—. “Esa fecha se establece teniendo en cuenta condiciones muy adversas de conservación, pero si el huevo se mantiene dentro de la cadena de frío, a menos de 24 grados, puede estar en perfectas condiciones hasta bastante después de ese límite”, sigue. De hecho, está en marcha una directiva europea para modificar la regulación y dar libertad a los fabricantes para que decidan su fecha de consumo preferente. Para fijarla se harán estudios, explica Gigante, aunque ese plazo estará muy vinculado a la cadena de suministro.

Solventada la duda de los huevos —y más allá del remedio casero de revisar que clara y yema no se desparraman al cascar el huevo para comprobar su frescura—, ¿son tan flexibles otros alimentos? Sobre la mesa, de nuevo, la típica incógnita del yogur, un alimento cuyo límite, explica Guy Tweedie, director I+D Europa del Sur de Danone España, también está regulado. “La ley establece 28 días a partir de su fecha de fabricación. Durante ese periodo debe garantizarse la viabilidad de los fermentos de estos alimentos, así como su composición nutricional y características sensoriales”, sigue. ¿Ocurre algo entonces si se come un yogur caducado? “Para obtener todos los beneficios de los productos”, responde Tweedie, “es recomendable consumirlos dentro de la fecha de consumo establecida por ley”.

“Comerse un alimento caducado es un riesgo. Una lotería, porque a partir de la fecha marcada pueden proliferar en el producto agentes infecciosos que en el momento del envasado estaban en una concentración inferior a la dosis mínima”, dice el experto Carrascosa, del Cial-CSIC. Sin embargo, más allá de la fecha de caducidad, hay productos más perecederos que otros desde un punto de vista científico. “Es el caso de alimentos ácidos, como las leches fermentadas o los yogures, que tienen menos posibilidades de verse invadidos por elementos patógenos. Productos en los que es importantísimo la conservación y el estado del envase”, apunta. Carrascosa explica que los alimentos más sensibles son aquellos con mayor contenido acuoso, lo que puede generar el desarrollo microbiano. “La miel —cuya concentración de azúcares hace que la actividad de agua sea muy baja—, el jamón serrano o el vino son alimentos que no caducan”, dice el experto. Otra cosa es que se pongan rancios.

Estos son los estándares —alimentos de bajo contenido acuoso— que ha utilizado MRE, la mayor fabricante de comida preparada para las Fuerzas Armadas Estadounidenses, para fabricar un sándwich que no caduca. Se trata de un bocadillo de pollo a la barbacoa que puede llegar a durar en perfecto estado al menos tres años. Pero anécdotas aparte, lo que debe imperar para el consumidor es el sentido común. Porque diga lo que diga la fecha de caducidad no es recomendable, por ejemplo, consumir productos tres días después de su apertura. Tampoco dejarlos al aire o someterlos a calor. “La seguridad alimentaria se refiere a mucho más que una mera fecha. También es clave cómo se almacenan y preparan los alimentos. Comer productos caducados es un riesgo, aunque muchos alimentos, si se mantienen suficientemente en frío y luego se cocinan de manera correcta, están perfectamente bien después de su fecha”, sostiene Tristram Stuart.

Este experto insiste en la falta de claridad en el etiquetado que informe al consumidor de la diferencia entre caducidad y consumo preferente. Y habla directamente de engaño de la industria. Ruben Sánchez no es tan crítico, pero también cree que hay demasiada oscuridad en el etiquetado. Y sobre todo una inmensa falta de datos para el consumidor.

Para las autoridades europeas no les falta razón. Por eso, para hacer más comprensible la información para el ciudadano, la Comisión Europea estudia que los fabricantes incluyan en sus etiquetas dos fechas: la de límite de venta y la de consumo preferente. Se trata de hacer un consumo responsable, de ahorrar y también de generar menos residuos. Los más de 179 kilos de productos alimenticios en perfecto estado que cada habitante de la UE tira, de media, a la basura, no son ninguna tontería. Y los más derrochadores son los hogares, que generan el 42% de todo ese despilfarro.

No son las únicas iniciativas. También proponen que los comercios bajen el precio de los alimentos cuyo límite está próximo. Algo que ya se hace en algunos países como Reino Unido y en ciertos establecimientos españoles. Este sistema serviría para evitar otro despilfarro, ya que el 78,8% de los distribuidores retira productos por las fechas de caducidad, según un estudio del Ministerio de Agricultura conocido esta semana. Y solo el 20,5% de los comercios dona esa comida retirada a bancos de alimentos. Comida que nada tiene aún que ver con desperdicios que terminan en la basura. Un despilfarro intolerable.

Pintalabios y cremas

Los cosméticos, en general, no caducan. Otra cosa es que con el paso del tiempo sigan cumpliendo las funciones para las que se idearon. Por ello, algunos llevan marcada una fecha límite —obligatoria solo para los que duran menos de 30 meses—. Tras ese tiempo probablemente no laven, hidraten o exfolien igual. Sin embargo, más importante que ese plazo, y obligatorio para todos los productos, es el denominado periodo después de apertura (PAO). “La duración durante la cual un cosmético, una vez abierto, se puede seguir usando sin riesgo para el usuario”, explica Cristina Biurrun, directora científico-técnica reglamentaria de L’Oréal España. Ese plazo se indica con el símbolo de un tarro abierto, con la fecha en su interior (en meses).
“Desde la primera vez que abrimos un producto cosmético, este está expuesto a agentes externos que podrían deteriorarlo, a lo que puede unirse el efecto de microorganismos o una degradación físico-química”, apunta Biurrun. Explica que en esto influye desde el envase usado, la fórmula cosmética, la población a la que está destinado el producto, o la zona del cuerpo donde va a aplicarse. No es lo mismo, por ejemplo, un maquillaje —cuyo plazo es de 12 meses— que un pintalabios o una laca de uñas. Estos últimos, por su composición, no son susceptibles de contaminarse por microbios y suelen durar 24 meses. O las cremas de contorno de ojos y los productos para bebés, elementos más sensibles que suelen durar seis meses tras su apertura.

viernes, 17 de agosto de 2012

El gran fraude de los cosméticos





El pasado martes, Mercadona retiró 11 productos cosméticos después de una evaluación realizada por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Ayer, esa misma agencia publicó un comunicado explicando que el problema era de orden administrativo y no existía ningún peligro para la salud de los consumidores.

Me parece un buen momento para que hablemos del verdadero problema de fondo. La industria cosmética se sostiene sobre una mentira: hacer creer a sus clientes que la eficacia de sus productos tiene una base científica.

Permitidme comenzar con una anécdota. Cuando trabajaba en Cambridge, coincidí en una cena con un investigador que acababa de ser fichado por una conocida marca de cosméticos. El tipo estaba muy contento con su nuevo sueldo -varias veces superior al de un profesor universitario-, pero se sentía muy frustado por la escasa relevancia de su trabajo en el desarrollo de nuevos productos. Su empresa gastaba 250 veces más en marketing que en investigación. Lo único que preocupaba a sus jefes era contar con estrellas de Hollywood que anunciasen sus lociones.

Las bases científicas de los cosméticos son comprendidas desde hace décadas. La industria de la belleza se sustenta sobre un marketing muy sofisticado que esconde un burdo timo.

Tomemos como ejemplo las cremas: todas funcionan igual. Mantienen la piel suave porque reducen la evaporación en la epidermis. Una crema hidratante de 2 euros es tan eficaz como la “super-loción-de-París” que cuesta 100 euros.

Lo mismo ocurre con los tratamientos antiarrugas. Un antiarrugas es, simplemente, una crema hidratante a la que se le añaden proteinas vegetales. Esas proteinas son cadenas de aminoácidos muy largas y que se estiran mientras están rodeadas de crema. Cuando la crema se seca de la piel, las cadenas de aminoácidos se contraen y tensan la piel. Por eso reducen temporalmente las arrugas. Funciona igual el antiarrugas más caro y el más barato.

“¡No puede ser!”, me diréis. “La loción que yo uso incluye Micropartículas-con-Tecnología-Nutriplex-y-Estimulina-de-ADN”.

Aquí está el nudo del asunto. La eficiacia de estos “super-ingredientes” (a los que bautizan con términos que parecen muy técnicos) carece de toda base científica.

Las empresas cosméticas quieren hacernos creer que realizan investigación de vanguardia, pero sus estudios ni se publican en revistas científicas ni pasan los mínimos criterios que requiere el método científico. Para ser aprobados, los productos cosméticos sólo tienen que demostrar que no son perjudicales para la salud. En cambio, para que un medicamento sea aprobado, es necesario demostrar no sólo que no es perjudicial, sino que además funciona. El desarrollo de un medicamento requiere de años de ensayos clínicos. Las líneas de cosméticos se renuevan a cada temporada.

Entonces, ¿por qué las empresas cosméticas no son denunciadas por publicidad engañosa?

Porque la industria cosmética mueve miles de millones de euros y eso significa que puede pagarse excelentes abogados. Tener buenos abogados no sólo es útil cuando vas a juicio, sino también cuando redactas los anuncios de tus productos. Estas empresas se cuidan mucho de no decir mentiras, pero consiguien, a la vez, que el cliente entienda lo que a ellas les interesa.

No tengo nada contra quienes disfrutan comprando cosméticos caros. También hay gente que encuentra su felicidad comprando ropa de marca. Mejor para ellos. Lo que me indigna de la industria cosmética es que utiliza la confianza que la sociedad tiene en la Ciencia para enriquecerse con productos dignos de alquimistas medievales.

Nota: Si os interesa este tema, os recomiendo el libro “Bad Science”, escrito por Ben Goldacre, investigador médico en la Universidad de Oxford. En sus páginas podéis encontrar multitud de detalles sobre los fraudulentos ensayos clínicos de las empresas cosméticas y también los argucias legales para evitar denuncias por publicidad engañosa.

martes, 14 de agosto de 2012

¿Bajar los salarios para salir de la crisis?. Un artículo de Vicenç Navarro


¿BAJAR LOS SALARIOS PARA SALIR DE LA CRISIS?



Artículo publicado por Vicenç Navarro, 14 de agosto de 2012

Este artículo cuestiona la postura ampliamente extendida en los círculos financieros y económicos dominantes tanto en la Eurozona como en España, así como en los medios de mayor difusión, que aquellos círculos influencian, de que hay bajar los salarios a fin de aumentar la competitividad, potenciando al sector exportador, como medida de salir de la crisis. El artículo señala que tales políticas deprimirán todavía más la demanda doméstica, cuyas insuficiencias son la mayor causa de la crisis.

Un dogma que se ha extendido en los establishments financieros, económicos, mediáticos, académicos y políticos de España es que para salir de la crisis hay que bajar los salarios. Tal creencia ha sido reforzada por el último informe sobre España del Banco Central Europeo dado a conocer el pasado jueves (09.08.12), el cual subraya la necesidad de que se bajen los salarios y el salario mínimo (así como otras medidas encaminadas a debilitar al mundo del trabajo, como la descentralización y debilitamiento del proceso de negociación colectiva) a fin de aumentar la competitividad de la economía española y con ello facilitar la recuperación económica de España. El argumento que se utiliza para justificar tales medidas es que, al no poder devaluar la moneda (posibilidad denegada a los países de la Eurozona al tener todos ellos la misma moneda) a fin de abaratar los productos y hacer al país más competitivo, la única solución que les queda a tales países que están en recesión es abaratar los productos a base de disminuir los salarios. De esta manera serán más y más competitivos y venderán más productos, exportando más y más, convirtiendo tales exportaciones en el motor de la economía, permitiendo así que salgan de la recesión.

Este argumento ha pasado a ser parte de la teología de tales establishments y se reproduce no solo por los equipos económicos de los partidos gobernantes, la mayoría conservadores y liberales (en realidad neoliberales), sino también entre economistas que gozan de gran visibilidad mediática y que han tenido responsabilidad gubernamental tanto a nivel central como autonómico (gobierno Zapatero y tripartito), ahora en la oposición. Podría citar muchas declaraciones recientes de economistas próximos al PSOE y al PSC que, añadiendo un “tono de realismo” (que siempre se utiliza para defender tesis neoliberales), concluyen que sí, que hay que descender los salarios como parte de lo que Paul Krugman y muchos otros han llamado la “devaluación doméstica”. 

Por cierto, incluso la Monarquía está promoviendo esta creencia (que ha alcanzado niveles dogmáticos) en sus proclamas. Así, el heredero del trono de España, el Príncipe Felipe, en su inauguración de unos de los campus del centro de reflexión y promoción neoliberal, el IESE, hizo referencia a que “nuestros precios y salarios están marcando el ritmo del retorno al sendero de la competitividad”, lo cual, decodificada la narrativa diplomática, quiere decir que las bajadas de salarios están preparando la salida de la crisis, mediante el supuesto aumento de la competitividad (discurso probablemente preparado por Javier Ayuso, periodista económico de persuasión neoliberal, exdirector de comunicaciones del BBVA, que hoy trabaja en temas de comunicación en la Casa Real).

Los supuestos de tal dogma

Tal dogma, como todos los dogmas, se basa en fe en lugar de evidencia científica. En primer lugar, incluso si aceptáramos por un momento la necesidad de devaluación doméstica, tal bajada de los costes de producción puede hacerse a base de reducir los beneficios empresariales, en lugar de los salarios, posibilidad que casi nunca se menciona. Y cuando, raramente se hace, es para descartar tal posibilidad pues -según ellos- ello desincentivaría la inversión. Mírese como se mire, se propone cargar el peso de la recuperación económica en las espaldas de los trabajadores y no sobre las de los empresarios, a los cuales hay que darles todas las facilidades y estímulos para que exporten, pues ahí es donde radica toda nuestra salvación. Pero los datos muestran el error de los supuestos sobre los que se basa tal dogma. Veámoslos.

El error de los supuestos que sustentan el dogma

Uno de los centros de investigación económica próximo al mundo empresarial de las grandes corporaciones estadounidenses (The Conference Board) acaba de publicar un detallado estudio de la evolución de los salarios en la Eurozona que muestra que éstos han descendido de una manera muy marcada en España, Irlanda, Grecia y Portugal (los famosos países PIGS en la terminología anglosajona). Como promedio los costes laborales han descendido un 15% desde 2009. Pero como bien señala el economista belga Ronald Janssen, este descenso de los salarios y aumento de los beneficios no ha ido, por lo general, acompañado de un aumento ni de las inversiones ni de las exportaciones (“Falling Wage Costs: Europe’s Light at the end of the tunnel?”). Janssen muestra gráfica y convincentemente en su artículo que en Grecia, por ejemplo, el muy marcado descenso de los salarios, incluidos en la manufactura, no ha ido acompañado de un aumento de las exportaciones. Antes al contrario, éstas han descendido también muy marcadamente. Grecia, por cierto, tenía un fuerte sector exportador antes de que se iniciara la crisis en el 2008. Los salarios pues han bajado (caído en picado) en Grecia pero ello no ha supuesto ni un crecimiento de las exportaciones ni de las inversiones. Lo único que ha subido han sido los beneficios empresariales que se han disparado alcanzando una cifra equivalente a un 12% del PIB griego. Mientras, la economía griega está yendo de mal a peor.

En España y en Portugal, sin embargo, las exportaciones sí que han crecido sobre todo a partir del 2009. Tal crecimiento sin embargo no ha sido suficiente para reavivar la economía de tales países. En ambos países, la gran destrucción de empleo (en parte responsable del aumento de la productividad), consecuencia de las políticas de austeridad y de la gran bajada de salarios, ha creado una recesión tal que el aumento de las exportaciones no ha sido suficiente para estimular de nuevo la economía. La bajada de salarios que en teoría está aumentando las exportaciones está a la vez deprimiendo la economía doméstica, venciendo esta última a la primera. Ello confirma lo que varios autores hemos estado señalando durante bastante tiempo: el gran error, mostrado muchas veces en Latinoamérica, de querer estimular la economía a base de colocar el sector exportador en el centro de la economía. No fue hasta que gobiernos de izquierdas y centroizquierdas potenciaron la demanda doméstica que aquellos países de América Latina salieron de su recesión.

En este aspecto, es interesante ver la similitud de los argumentos neoliberales (presentados como argumentos de sentido común en las “ciencias económicas”) utilizados en América Latina y ahora aquí en España. Tales argumentos están siendo utilizados hoy en España no solo por las derechas sino también por economistas de partidos exgobernantes de centroizquierda, como el PSOE y el PSC, hoy en la oposición (resultado, por cierto, de la aplicación de tales políticas). Otro argumento que utilizan tales economistas, que asumen que la recuperación económica procederá del sector exportador (para lo cual exigen un descenso salarial), es que este tipo de recuperación deberá ser, por necesidad, muy lenta. En América Latina se insistió en ello, año tras año, durante toda una década de dominio liberal en las esferas de poder. La famosa luz al final del túnel, sin embargo, nunca se agrandó. En realidad, la famosa luz aparecía cada vez más lejos y más pequeña. Y está ocurriendo lo mismo ahora en España.

A donde está llevando este dogma

Todo este proceso era predecible. Es fácil de ver que tales políticas son erróneas. Solo se necesita mirar los datos y olvidarse de la teología neoliberal (presentada como conocimiento económico). Cuando tantos trabajadores están sin trabajo y cuando la mayoría de jóvenes están sin trabajo durante muchos años, significan una pérdida, muchas veces irreversible, de recursos productivos. Y esto es lo que está ocurriendo en España. Frente a un sector exportador vivo, existe una economía doméstica paralizada por una enorme falta de demanda, creada por la confluencia de bajada de salarios, destrucción de empleo, y reducción de gasto público. Esta fue la situación en Latino América en el periodo neoliberal y ésta es la situación en los países PIGS ahora (convertido en GIPSI, con la inclusión de Italia).

En realidad, la bajada de salarios está creando una enorme recesión no solo en los países periféricos de la Eurozona sino también en los países del centro. El nivel de demanda de la manufactura (PMI, purchasing manager index) está bajando también en Alemania y en Francia a niveles de Italia, habiendo alcanzado cuotas por debajo de lo que se considera el nivel aceptable y/o sostenible. Y ello era, de nuevo, predecible, pues gran parte de las exportaciones alemanas y francesas son importaciones italianas, españolas, portuguesas y griegas. Y la bajada de salarios y recortes de gasto público están reduciendo dramáticamente el consumo doméstico y exterior.

La respuesta del establishment alemán no es estimular la demanda en Alemania y en los otros países de la Eurozona sino al contrario. Sus políticas públicas están recortando los salarios de los trabajadores alemanas y (presionando a través del Bundesbank y, por lo tanto, del BCE) de los trabajadores de los países periféricos de la Eurozona, conduciendo al precipicio a toda la Eurozona. Se inicia así una competición para ver quién paga menos a sus trabajadores. Estos son los costes de continuar creyendo en el dogma neoliberal. Pero como bien ha dicho la Organización Internacional del Trabajo, en su respuesta al informe del BCE, tal estrategia llevará a una depresión no solo europea sino mundial. Lo que está ocurriendo en la Eurozona es un ejemplo de las consecuencias de tales políticas. Su venidera recesión puede llevar a una gran depresión. En realidad, para miles de españoles y de europeos esta depresión ya ha llegado. Estos son los costes de continuar creyendo y aplicando el dogma.

Una última observación. La enorme fuerza e influencia del pensamiento neoliberal en España (resultado del gran poder que tiene la banca y la gran patronal en los fórums mediáticos y políticos) se refuerza con la enorme pasividad de las izquierdas. Y no me estoy refiriendo a los partidos políticos (a los que habría que reformar sustancialmente) y a los sindicatos sino a las personas que se consideran de izquierdas y que con su pasividad están permitiendo que tal pensamiento y las políticas que las sustentan (que están haciendo mucho daño) continúen. De ahí que me permito sugerirle al lector de este artículo que se movilice y que, si está de acuerdo con la tesis que expongo (enormemente minoritaria en España, debido a su marginación en los medios), envíe este artículo a todo tertuliano, a todo periodista, a todo canal informativo que reproduce tal dogma, a fin de mostrarles que lo que dicen y promueven no tiene ninguna base científica, denunciando con ello, su función propagandística en lugar de informativa. Permítame una observación personal. Mi blog recibe alrededor de 10.000 contactos al día. Si suponemos que al menos un 10% coinciden con mis tesis y éstos enviaran cartas o llamaran a los medios cada vez que tal propaganda ocurre, tales medios captarían el mensaje de que la población es consciente de su actitud propagandística, exigiéndoles mayor rigor y diversidad. La enorme pasividad de las personas de izquierda debería sustituirse por una agitación social e intelectual que mostrara las enormes falsedades de la sabiduría convencional que se reproduce a través de los medios de información de mayor difusión, transformándolos en medios de persuasión. Una de las grandes insuficiencias de la democracia española es precisamente la falta de diversidad de tales medios. La ciudadanía debería movilizarse para protestar y denunciar tal situación.

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viernes, 10 de agosto de 2012

Cláusulas abusivas en contratos bancarios con consumidores: la Audiencia de Tarragona confirma que un juzgado puede anular de oficio, por abusiva, una cláusula de un préstamo bancario firmado por un consumidor

La Audiencia Provincial de Tarragona ha confirmado una sentencia dictada por un Juzgado de 1ª Instancia de El Vendrell que anuló de oficio una cláusula, por abusiva, de un préstamo firmado entre un particular y una entidad financiera. El consumidor deberá abonar su deuda más 2,5 veces el interés legal del dinero desde la interposición de la demanda, y no el 20% de mora fijado en el contrato. 


La Audiencia Provincial de Tarragona ha confirmado una sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de El Vendrell, en la que declara de oficio abusiva una cláusula de un contrato de préstamo firmado entre un particular y una entidad financiera.

La póliza de préstamo entre Finanzia de Crédito, S.A. y el consumidor se suscribió en 2007 por importe de 40.826,06 euros a devolver mediante el pago de 60 cuotas con un interés anual del 7% y un interés anual de demora del 20% e interés nominal.

La sentencia confirmada consideró que la cláusula por la que se fija en un 20% los intereses de demora constituyen una sanción desproporcionada a tenor de lo dispuesto en el artículo 82 y 83 del Decreto Legislativo 1/2007, todo ello en relación al art. 19 de la Ley de Crédito al Consumo que limita el interés legal a un tipo no superior al 2,5 del interés legal del dinero.

En su lugar, el juzgado de primera instancia falló que el particular debía pagar su deuda más 2,5 veces el interés legal del dinero desde la interposición de la demanda. La decisión fue adoptada de oficio y ha sido confirmada por la Audiencia de Tarragona a favor de la facultad moderadora del juez.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona, dictada el 10 de abril de 2012 y cuyo ponente ha sido el magistrado Manuel Díaz Muyor, sigue la jurisprudencia fijada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una cuestión prejudicial que, precisamente, había sido planteada por la Audiencia de Barcelona.
La Audiencia se cuestiona la apariencia mercantil del contrato y considera aplicable el principio general de defensa del consumidor al valorar que pueden ser considerados como contratos civiles los contratos bancarios con consumidores.

Así, la sentencia afirma que la Ley 7/1995 de Crédito al Consumo, que debe completarse con el principio general de defensa del consumidor -art. 1 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, 26/1984-, “aplicables al caso que nos ocupa permiten calificar, en general, como contratos civiles los contratos bancarios con consumidores, es decir, aquéllos en que el dinero o los servicios no se destinan a "operaciones mercantiles", aplicando por analogía el criterio del art. 311 del Código de Comercio. En este sentido, ya la SAP Barcelona Secc. 15ª de 17 de febrero de 1994, calificó como civil un contrato de leasing a consumidor. Una cláusula que autocalifique el contrato como mercantil no es abusiva, sino nula por contraria a ley”.

La Ley de Crédito al Consumo “regula todos los contratos en los que un empresario concede crédito a un consumidor, bajo la forma de pago aplazado, préstamo, apertura de crédito o cualquier otro medio para satisfacer necesidades personales al margen de su actividad empresarial o profesional. Así pues, no se refiere sólo a contratos bancarios, aunque afecte a ellos de manera notable, en especial como financiadores de operaciones de consumo”.

“Especial interés práctico ha tenido -destaca la resolución- la aplicación del art. 19.4 LCC para calificar como cláusula abusiva la de intereses moratorios exagerados, en especial al descender progresivamente el interés legal”.

La sentencia (Roj SAP T 385/2012), de 10 de abril de 2012, cita numerosa jurisprudencia de las Audiencias Provinciales y expone: “Con todo, en algunos casos con cita de la Ley de usura y en otros no, parece ir abriéndose paso en la doctrina de las Audiencias, claramente en relación con los intereses moratorios y algo más tímidamente en relación con los remuneratorios, la consideración como canon de referencia, para determinar el carácter abusivo de las cláusulas que fijan el tipo de interés, - aunque no directamente aplicable a los casos enjuiciados de las previsiones del art. 19.4 de la Ley de Crédito al Consumo”.

La Audiencia de Tarragona sentencia que fue correcto el criterio del Juzgador a quo de moderar el pacto de intereses de demora y considera el contrato como contrato civil, “si bien matizando que en esta cuestión existen criterios aun confusos, tal como se deduce de la RDGRN de 1 de febrero de 1980, SAP de Madrid de 7.10.2009 o en la ya más antigua STS de 9 de mayo de 1944”.

Contra la resolución cabe el Recurso de Casación por interés casacional y/o extraordinario por infracción procesal, a interponer en el plazo de veinte días ante la Audiencia de Tarragona y del que conocerá la Sala Primera del Tribunal Supremo.

La sentencia no se pronuncia respecto al pago de las costas causadas en la segunda instancia, dadas las dudas de derecho que vienen suscitando las resoluciones planteadas.


jueves, 9 de agosto de 2012

Sobre los alimentos funcionales: "Por qué no consumo productos que dicen ser saludables", de Mikel López Iturriaga

Patata: un alimento tradicional y sano

Te bajan la tensión, reducen tu colesterol, mejoran tu rendimiento deportivo, te ayudan a perder peso o desatascan tu congestionado intestino. Se conocen como "alimentos funcionales", los fabrican grandes empresas como Danone, Unilever, Pascual o Kaiku, y si los tomas con regularidad, tus problemas de salud remitirán o desaparecerán.

¿Te lo crees? Yo no. Pero parece que mi escepticismo no es compartido por buena parte de la población, que ha acogido estos milagrosos productos con entusiasmo y los ha convertido en superventas con cifras de facturación de 2.900 millones de euros al año. La crisis parece haber frenado un poco el crecimiento del sector, ya que los alimentos funcionales suelen ser más caros que los que no lo son. Sin embargo, las marcas siguen apostando por ellos, sabedoras de su atractivo para un público cada vez más preocupado (¿u obsesionado?) por la salud.

¿Y por qué no me creo las maravillas de los actimeles, danacoles, vitatens, proactivs, l.caseis, omega treses, activias y demás inventos con nombres futuristas? En líneas generales, porque existen escasas o nulas evidencias científicas que demuestren sus presuntas virtudes. Como dice el escritor y activista Michael Pollan, las afirmaciones que se leen en sus etiquetas o que se escuchan en sus anuncios "suelen estar basadas en datos incompletos e investigaciones deficientes".

En su ultrarrecomendable libro Saber comer, recién publicado en España, Pollan ofrece 64 reglas básicas para comer bien. La octava es bien clara: "Evita productos que afirmen ser saludables". Y la 42, también: "Sé escéptico ante los alimentos no tradicionales". El autor estadounidense emplea como ejemplo la margarina, uno de los primeros productos industriales que afirmó ser más beneficioso para la salud que el alimento que sustituía. Años después de su invención, se supo que sus grasas trans eran mucho más perjudiciales para el organismo que las de la mantequilla. "La comida más sana del súper (los productos frescos) no alardea de lo saludable que es", escribe Pollan. "Sólo los grandes productores disponen de medios para conseguir que las autoridades sanitarias les aprueben esos lemas con los que venden sus productos".

La gran pregunta es cómo lo consiguen. Por qué nuestras autoridades sanitarias o alimentarias se muestran incapaces de obligar a las marcas a no decir mentiras, o mejor dicho, a no vender medias verdades o a afirmar hechos no demostrados.

El profesor y experto en bioquímica de la Universidad de Murcia José Manuel López Nicolas ha escrito mucho y bueno sobre el tema en su blog Scientia. En sus largas y documentadas entradas, desentraña los trucos que utilizan productos como el VitaTEN de Kaiku, el Actimel de Danone o la leche fermentada con L. Casei de Hacendado para poder publicitarse como saludables. ¿Que la EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria) les impide publicitar las supuestas virtudes anti-tensión arterial y pro-defensas de los lactobacilus y demás bacterias-prodigio? Pues añaden a sus bebedizos potasio o vitamina B6, sustancias que sí están reconocidas legalmente como beneficiosas en esos terrenos, y santas pascuas.

Lo absurdo del boom funcional es que alimentos normales y corrientes poseen la misma o mayor cantidad de esas sustancias, y son mucho más baratos. López Nicolás pone dos ejemplos clarividentes: además de muchos otros nutrientes, un plátano aporta el triple de vitamina B6 que el Actimel o el L. Casei de Hacendado y cuesta tres veces menos. De igual forma, un aguacate contiene cuatro veces más potasio que un VitaTEN, y cuesta un 15% menos.

El profesor añade una reflexión a mi entender importantísima: "Según los últimos estudios nutricionales la deficiencia de potasio es muy rara en individuos que consuman una dieta equilibrada y no hay necesidad alguna de consumir suplementos en circunstancias normales". Lo mismo ocurre con el traído y llevado omega-3: con tomar pescado azul con cierta frecuencia, es más que suficiente. Yo aplicaría esta lección a todos los productos procesados enriquecidos con minerales, vitaminas o sustancias maravillosas: si tu dieta es variada y rica en alimentos frescos naturales, no necesitarás en absoluto de toda esa magia industrial.

Capítulo aparte merecen los productos de soja, la planta fetiche por excelencia del tinglado funcional-saludable. No tengo nada contra la salsa de soja, el tofu o cualquier alimento tradicional basado en ella. Pero cada vez que oigo palabras como "isoflavonas", "proteínas vegetales texturizadas", "lecitinas" y demás mandangas, me echo a temblar. Da igual que no existan estudios científicos serios que demuestren las bondades de la soja en la menopausia o contra el colesterol: los supermercados siguen llenos de sus esotéricos derivados. Por si alguno todavía no se ha enterado, vuelvo a recordar el libro de Pollan, que cita a un alto cargo de la FDA, el organismo controlador de los alimentos en EEUU: "La confianza en los derivados de la soja como alimentos seguros está claramente basada más en una creencia que en datos contrastables".

Las bebidas isotónicas, por su parte, acaban de recibir un buen varapalo científico. Un estudio de la revista médica British Medical Journal y la BBC pone en cuestión que líquidos como el Gatorade, el Lucozade o el Powerade mejoren el rendimiento físico o la recuperación tras el ejercicio. Lo que sí parece claro es que dichas bebidas son auténticas bombas de azúcar: entre 40 y 60 gramos por litro. El informe habla de una "sorprendente falta de pruebas" y aporta datos bastante tremendos: el 97,3% de los estudios en los que las empresas basaban sus afirmaciones carecían de rigor o directamente inaceptables.

La revista habla también del pasteleo entre la industria alimentaria y determinados científicos, que avalan virtudes no contrastadas de productos a cambio de una retribución económica. Algo que muchas personas relacionadas con este negocio saben, y que a mí, personalmente, me ha llevado a tomar la decisión de no dar bola a ninguno de los tropecientos estudios sobre las virtudes saludables de la cerveza, el vino, el queso, el café o el chocolate que se publican cada año. Ante la imposibilidad de saber de verdad quién los paga, me quedo sólo con los de instituciones de independencia y fiabilidad comprobada. Que son bien pocos, por cierto.

La misma sana desconfianza la aplico a todo producto que me venda sus propiedades beneficiosas para mi organismo. Entiendo los motivos de la industria para fabricarlos: la dificultad para hacer negocio con los alimentos de toda la vida les empuja a apostar por otros "de valor añadido" con los que pueden obtener un mayor margen. Al fin y al cabo, no hacen más que aprovecharse de la vagancia del consumidor, que prefiere confiar en ellos antes que esforzarse en mantener una dieta razonable. "Muy pocos ciudadanos leen la composición de la mercancía que adquieren y simplemente se dejan sugestionar por los reclamos de las etiquetas: 'con omega 3', 'reduce el colesterol', 'bajo en grasa'...", escriben el chef Andoni Aduriz y el filósofo Daniel Innerarity en Cocinar, comer, convivir. "Que los mensajes sean contradictorios, incompletos o que tengan fisuras informativas importa poco dentro del torbellino de datos en el que nos movemos actualmente".

A título personal, yo prefiero cuidar mi cuerpo ingiriendo la mayor variedad posible de verduras, frutas, pescados, lácteos, cereales, frutos secos y demás productos poco o nada procesados. Ellos me proporcionan toda la salud que necesito, están mucho más ricos y me cuestan menos dinero.

Fuente:  http://blogs.elpais.com/el-comidista/2012/08/alimentos-funcionales-saludables-no-gracias.html

miércoles, 8 de agosto de 2012

El Instituto Nacional de Consumo amenaza con excluir a FACUA del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores por criticar los recortes gubernamentales


Pretendiendo acallar las críticas a los recortes presupuestarios en sanidad y educación, y como si los mismos no tuviesen nada que ver con las legítimas funciones de las asociaciones de consumidores a la hora de defender los derechos ciudadanos a acceder a servicios públicos en condiciones que garanticen elementales principios de igualdad y calidad, el Instituto Nacional de Consumo, disparándose un tiro en el pie, ha remitido a FACUA una notificación requiriéndole para que, en el plazo de 15 días hábiles ( que finaliza el 22 de agosto) paralice todas sus acciones, reivindicaciones y campañas contra los recortes en la sanidad y la educación pública y elimine todo rastro de las mismas en su web.

De no hacerlo, le advierte que perdería la condición de asociación de consumidores y usuarios al ser expulsada del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios, dependiente del Instituto Nacional del Consumo (INC).

La carta, que evoca tiempos pretéritos que desconocían libertades consagradas constitucionalmente (libertad de expresión y asociación), afirma que las campañas emprendidas por la asociación contra los recortes “no guardan relación directa con los fines que han de perseguir las asociaciones de consumidores y usuarios en los términos definidos por el legislador” y en la que le insta a dejar de promover recursos de inconstitucionalidad contra “las normas estatales dirigidas a la racionalización del gasto público”.

La amenaza -en el fondo- resultará beneficiosa para FACUA  resultando incoherente con el objetivo de acallar las críticas ya que, con esta actuación, el INC ha proporcionado a FACUA una gigantesca bocina con luces intermitentes incorporadas; publicidad impagable que le dará pie a iniciar otras campañas no sólo dirigidas contra los recortes gubernamentales, sino contra un acto que intenta limitar grosera e injustificadamente la libertad de expresión de esta asociación.

Esta es la noticia que aparece en El País:

El Gobierno amenaza a Facua por luchar contra los recortes

Sanidad envía una carta en la que da 15 días al organismo para retirar sus campañas

La misiva comunica que de no hacerlo, perderá la condición de asociación de consumidores

La entidad: dice que lleva 30 años denunciando "fraudes y abusos gubernamentales"

El Instituto Nacional de Consumo, dependiente del Ministerio de Sanidad, ha enviado una carta a la Federación de Consumidores en Acción (Facua) informando de que si no retira las campañas emprendidas desde su página web contra los recortes del Ejecutivo, perderá su condición de asociación de consumidores y será excluida del registro de estas entidades.
Facua ha difundido este sábado una carta remitida por Pilar Farjas Abadía, presidenta del Instituto Nacional de Consumo,, en la que se afirma que las campañas emprendidas por la asociación contra los recortes “no guardan relación directa con los fines que han de perseguir las asociaciones de consumidores y usuarios en los términos definidos por el legislador” y en la que le insta a dejar de promover recursos de inconstitucionalidad contra “las normas estatales dirigidas a la racionalización del gasto público”.
Una portavoz del departamento que dirige Ana Mato ha asegurado este domingo que la misiva "no es una amenaza, ni una intención de ilegalizar" a Facua. Solo se trata de recordarles, "igual que si ocurriese con cualquier otro organismo de este tipo", que las asociaciones de consumidores deben cumplir la legalidad.
En su ultimátum por escrito, en cualquier caso, Sanidad reclama al organismo que retire de su web dichas campañas en un plazo de 15 días hábiles y le advierte de que en caso de incumplimiento se procederá “a decretar la pérdida de la condición de asociación de consumidores y usuarios y su exclusión del Registro Estatal”. El ministerio señala también que solicitó a la Abogacía del Estado un informe jurídico "sobre el posible exceso de la actividad que competen a este tipo de asociaciones inscritas en el Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios y ante una eventual extralimitaciómn de los fines legítimos de han de perseguir". 
En su cuenta de Twitter, la asociación asegura que el ministerio de Sanidad, que preside Ana Mato, les amenaza “con tomar represalias contundentes” si siguen con las críticas y con “quitarle los derechos legales” de los que gozan las asociaciones de consumidores.

domingo, 5 de agosto de 2012

Incremento del IVA: ya estamos consumiendo servicios gravados con el 21 % de IVA



Así lo establece el artículo 75.7 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que establece como fecha de devengo en caso de  arrendamientos, suministros y, en general, en las operaciones de tracto sucesivo el momento en que resulte exigible la parte del precio que comprenda cada percepción.

Ello quiere decir que los suministros de energía eléctrica o gas consumidos antes de 1 de septiembre podrán ser gravados con el tipo del 21 por 100 de IVA, aunque la factura se notifique antes, si la fecha de pago fijada contractualmente resultase posterior.

Esta situación, aplicable a suministros, es distinta que la de compra de productos en la que el tipo del IVA aplicable al consumidor será el vigente en la fecha de su entrega.

miércoles, 1 de agosto de 2012

¿A usted quién lo maltrata más?. Un artículo de Moisés Naim sobre las limitaciones de los derechos de los consumidores llevadas a cabo por grandes empresas.


Las empresas gastan fortunas en crear marañas de incentivos y obstáculos para limitar la libertad del consumidor

¿Por quién se siente usted más maltratado? ¿Por su proveedor de telefonía? ¿Por su banco? ¿Las líneas aéreas? Las relaciones entre las empresas y sus clientes están cargadas de conflictos de interés cubiertos por una capa de hipocresía, publicidad y mercadeo. Al fin y al cabo, las empresas quieren extraer la máxima cantidad de dinero de sus clientes y estos quieren pagar lo menos posible. Crear lealtad a la marca es la principal motivación que impulsa a las empresas a tratar bien a sus consumidores. Nada nuevo. No obstante, las empresas insisten en persuadirnos de que son nuestros amables aliados y que sus decisiones de precios, calidad y servicios también están guiados por la ética. A esta idea últimamente no le ha ido muy bien. El Barclays Bank, por ejemplo, pagó una multa de 452 millones de dólares por haber manipulado las tasas de interés interbancarias (la tasa Libor, a la que ahora algunos cínicos llaman, en inglés, Lie-More: miente-más). “¡No somos los únicos!”, clamó el jefe de Barclays antes de dimitir. Su colega de JP Morgan, Jamie Dimon, insiste en que los bancos no necesitan más regulaciones, ya que sus valores éticos, sus mecanismos de autocontrol y la competencia garantizan que sus decisiones estén alineadas con los intereses de la sociedad. Pero Dimon se ha visto sorprendido por pérdidas escondidas en su banco de 2.000 millones de dólares (o 5.000. O más. Aún no se sabe). Dimon dijo estar indignado por la deshonestidad de los banqueros de JP Morgan (pequeño detalle: son sus empleados). Rajat Gupta, el exjefe de la prestigiosa empresa consultora McKinsey&Co (“somos una organización guiada por valores”) acaba de ser condenado en Nueva York por haberle filtrado a su cómplice valiosa información secreta sobre Goldman Sachs, empresa en cuyo directorio Gupta participaba.

HSBC, otro banco, también se disculpa: en 2007 y 2008 su subsidiaria en México envió a EE UU 7.000 millones de dólares presuntamente depositados por los carteles de la droga. Y hablando de México: según la OCDE (organismo formado por los países más ricos del mundo) los excesivos precios que cobra AmericaMovil, la empresa de telefonía de Carlos Slim, le cuestan a los consumidores de ese país 26.000 millones de dólares cada año. Pero pagar más por hacer una llamada telefónica no es tan peligroso como tomar una medicina que, en vez de curar, mata. La empresa farmacéutica GlaxoSmithKline (GSK) acaba de ser multada con 3.000 millones de dólares por promover medicamentos que hacen daño, o incluso pueden causar la muerte. El monto de la multa es muy alto, pero no tanto como los 8.200 millones de ganancias que la empresa tuvo en 2011.

¿Qué está pasando? ¿Han aumentado las conductas empresariales abusivas o solo estamos mejor informados? Ambas cosas. Lo cierto es que el viejo principio del caveat emptor, que en latín significa que es el comprador quien debe tomar las precauciones porque el riesgo es suyo y no de quien le vende, es más válido que nunca.

La enorme complejidad del comercio moderno pone a los consumidores en desventaja. Las empresas gastan fortunas en crear marañas de incentivos y obstáculos que limitan la libertad del consumidor para no seguir comprándoles o cambiarse a otra empresa. Modificar un pasaje aéreo o un contrato de servicio de telefonía móvil es una odisea que pocos logran remontar sin incurrir en costos adicionales —y a veces sustanciales. Todos nos hemos visto sorprendidos —y espantados— por facturas telefónicas acumuladas sin darnos cuenta, o por no haber leído con atención —y con un microscopio— el contrato firmado con el proveedor de servicios. Cada vez más los gurús de la estrategia empresarial explican que una empresa exitosa es aquella que logra “fidelizar” a sus clientes hasta el punto de que más que compradores se vuelven suscriptores. Lograr que un usuario acepte entrar en un vínculo comercial permanente donde se renueva regularmente —y automáticamente— la relación de compra\-venta equivale a alcanzar el nirvana empresarial. Mientras que las suscripciones antes se limitaban a servicios como la televisión por cable o productos tales como revistas, ahora la estrategia se aplica a coches, ropa, alimentos, etcétera.

Pero para los consumidores también han aparecido ventajas y posibilidades que antes no teníamos. La hiper-competencia entre empresas rivales ayuda a contener los abusos que solo son sostenibles cuando estas se cartelizan y coordinan sus precios y políticas. De esto aún hay mucho (¿hablamos de las maquinillas de afeitar?), pero también es cierto que en muchos sectores hay más competencia, y que las viejas empresas dominantes están cada vez más amenazadas por nuevos rivales. Y otra buena noticia es que hoy los compradores tenemos acceso a más información que nunca sobre lo que compramos y sobre quién nos vende. Barclays y GlaxoSmithKline lo acaban de descubrir.

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Fuente: El País