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miércoles, 21 de julio de 2021

El derecho (fundamental) de libre circulación para dummies: Libertad "de ir y venir" sin cortapisas.

 


 Se debate, se discute, se pelea. 

Incluso algún magistrado del T.C. arremetiócomo toro lanceado -arrepintiéndose después de haber ensañado su embarrada patita- contra los compañeros contrarios a su parecer llamándolos "juristas de salón" (a "juristas de pesebre", al parecer, no se atrevió por no arriesgarse a oir "y tú más") al ver sus argumentos tumbados y  anulados los artículos fundamentales del Real Decreto aprobado por el Gobierno en marzo declarando el Estado de Alarma. 

Norma que,  por primera vez desde la aprobación de la Constitución de 1978,  estableció la prohibición general  de circular libremente por las vías públicas en España.

Nada más didáctico para entender el derecho fundamental de libertad de circulación que estas frases tomadas del artículo del profesor Manuel Toscano publica hoy  Vozpuli. 

Estas son sus palabras

"Si vamos al fondo del asunto, la sentencia dilucida una cuestión de la mayor importancia en un orden constitucional, como es la preservación de las libertades en situaciones de emergencia que requieren poderes extraordinarios. En este caso, el principal derecho afectado por la declaración del estado de alarma fue la libertad de circulación, recogida en el artículo 19 de la Constitución. Esa libertad de ‘ir y venir’ sin cortapisas, como se decía tradicionalmente, es un derecho al que se presta menos atención que a otros. Sin embargo, a poco que lo pensemos, la libertad de movimiento es un aspecto esencial de la libertad personal y condición indispensable para el ejercicio de otros derechos. Por eso, con perspicacia Arendt veía en ella la forma prototípica de libertad, entendiendo que ‘ser libre consiste originariamente en poder ir donde uno quiera’; sin lo cual difícilmente podríamos perseguir nuestros fines y proyectos o disponer de un mínimo de autonomía personal. Bien que lo pudimos comprobar durante las semanas de estricto confinamiento".

No he encontrado en ningún texto legal una definición de libertad de circulación más escueta, poética y, a la vez, ajustada a su concepto esencial: Libertad de "ir y venir sin cortapisas". Casi suena a Machado. Además, se recoge en el Diccionario de la RAE.

Si en vez discutir hubiesen tirado del diccionario habrían ahorado 16 meses. 

Y muchos disgustos.

martes, 26 de mayo de 2020

La salud pública: hacia el nuevo paradigma (II) . Artículo de Pere Camprubí García


En la primera parte de esta serie de artículos, pusimos de relieve que la vigente Ley 37/2011, de 4 de octubre,General de Salud Pública “se queda corta y es poco ambiciosa, ya que no concibe la salud pública como algo integral y global, sino que la reduce a lo estrictamente antropocéntrico”.

La nefasta realidad a la que nos ha llevado el virus SARS-CoV a través de la enfermedad Covid-19 permite que aflore este enfoque insuficiente y alicorto. Desgraciadamente, este hecho no es un triste, cruel y aislado tropezón en la historia de las disposiciones normativas relativas a la Salud en nuestra democracia actual.

Sin ninguna voluntad de ser exhaustivos, en esta segunda entrega nos centraremos solo en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, ya que es la piedra angular de nuestro actual Sistema Nacional de Salud, el cual está articulado a través del poder político y las potestades administrativas de las Comunidades Autónomas.



“Es profesional sanitario todo el que trabaja en la Sanidad”

Esta ley aún es vigente y en su día, derogó la Ley de Bases de Sanidad Nacional, de 25 de noviembre de 1944. Para ser equitativos, hemos de explicitar que la Ley 14/1986 representó un avance radical en la concepción de la Salud. Para los biólogos, esta ley representó el salir de las catacumbas, puesto que, en lo que concierne al ejercicio de las profesiones, la Ley 14/1986 bebe de la tautología “es profesional sanitario todo el que trabaja en la Sanidad”.

La creciente ocupación de espacios profesionales por parte de la profesión de biólogo y otras profesiones emergentes fue determinante para que los defensores de las esencias y del statu quo de toda la vida revertieran la situación a través de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de Profesiones Sanitarias; ya sabemos que quien está en situación de privilegio, siente la igualdad como una pérdida. Pero esto es otro cantar, que no debe distraernos de lo que ahora interesa.

EL CÓMO

El anuncio gubernamental de la revisión de nuestro Sistema Nacional de Salud nos conduce a revisar (¡vale la redundancia!) la muy importante Ley 14/1986 General de Sanidad, a la luz de los efectos de la pandemia Covid-19. Nuestra revisión se enmarca en lo expuesto en el apartado “El qué”, en la primera entrega de este artículo.

Sin ánimo de ser exhaustivo, hacemos un rápido repaso de porciones del texto de la Ley 14/1986, con nuestras propuestas de adecuación de esta ley-marco a las exigencias que emergen de la relación entre Salud y Biodiversidad.

1 – Exposición de motivos

El segundo párrafo de la exposición de motivos de la ley de 1986 es premonitorio cuando dice: “Es, en efecto, un dato histórico fácilmente verificable que las respuestas públicas al reto que en cada momento ha supuesto la atención a los problemas de salud de la colectividad han ido siempre a la zaga de la evolución de las necesidades sin conseguir nunca alcanzarlas, de manera que se ha convertido en una constante entre nosotros la inadaptación de las estructuras sanitarias a las necesidades de cada época”.

Más adelante, el sexto párrafo del bloque III de la exposición de motivos explica que “…la Ley establece que serán las Áreas de Salud las piezas básicas de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas; Áreas organizadas conforme a la indicada concepción integral de la Sanidad, de manera que sea posible ofrecer desde ellas todas las prestaciones propias del sistema sanitario.

Las Áreas se distribuyen, de forma desconcentrada, en demarcaciones territoriales delimitadas, teniendo en cuenta factores de diversa índole, pero sobre todo, respondiendo a la idea de proximidad de los servicios a los usuarios y de gestión descentralizada y participativa”.

Observamos que los factores que determinan la distribución de las Áreas de Salud son de tipo demográfico y político-administrativo. Es evidente que cualquier reforma de la Ley 14/1986 debe incorporar de manera explícita como factor de distribución de Áreas de Salud, las características de los ecosistemas de su territorio, expresadas en términos de calidad de su biodiversidad.

2 - Artículo 1. Objeto de la ley y titulares del derecho a la protección de la salud

El primer epígrafe del artículo 1 de la Ley 14/1986 es una declaración de principios, al proclamar que: “La presente Ley tiene por objeto la regulación general de todas las acciones que permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud reconocido en el artículo 43 y concordantes de la Constitución”. Como no puede ser de otra manera, la referencia al artículo 43 CE es obligada, ya que este artículo establece el derecho a la protección de la Salud.

El rigor nos obliga a destacar que el derecho a la protección de la Salud es… ¡un principio rector de la política social y económica!; o sea, el derecho a la protección de la Salud ni es un Derecho Fundamental (artículos 14 a 29 CE) ni es un derecho con protección constitucional especial y que debe ser desarrollado mediante una ley para ser invocado (artículos 30 a 38), sino que la protección de la Salud es un elemento más de la política del Gobierno. Conocer la situación sistemática de la protección a la Salud en la estructura de la Constitución Española ayuda a comprender el fondo de los debates que los ciudadanos contemplamos en estos tiempos de la Covid-19.

Volviendo al epígrafe 1 del artículo 1 de la Ley 14/1986, nosotros consideramos que debe incorporarse una referencia explícita a los artículos 45 CE (disfrute y conservación del Medio Ambiente) y 47 CE (acceso a Vivienda digna y adecuada); ambos artículos también pertenecen al bloque de principio rectores de la política social y económica, en vez de formar parte del sistema de derechos.

Un debate interesante es si lo establecido por los artículos 43, 45 y 47 deben pasar al bloque de derechos de los artículos 30 CE al 38 CE o al bloque de los Derechos Fundamentales. Aquí no corresponde profundizar en este asunto.

3 - Artículo 3. Objetivo del sistema sanitario



“La política de salud estará orientada a la superación de los desequilibrios territoriales y sociales”

El tercer epígrafe del artículo 3 expresa que “La política de salud estará orientada a la superación de los desequilibrios territoriales y sociales”.
Puede comprenderse que, en 1986, la ley hiciera un planteamiento antropocéntrico, olvidando hacer mención tanto del peligro del cambio climático como de la necesidad de preservar la Biodiversidad. Pero a estas alturas del siglo XXI, y con lo que está sucediendo a nivel mundial, debe corregirse este olvido e implementar medidas concretas al respeto.


4 – Artículo 5. Participación comunitaria en la política sanitaria

En su tercer epígrafe, este artículo proclama que “A efectos de dicha participación, se entenderán comprendidas las organizaciones empresariales y sindicales”.
La realidad es que la Organización Médica Colegial y Consejo General de Enfermería participan en órganos consultivos creados por las Administraciones Sanitarias, tanto General del Estado como de las Comunidades Autónomas.

Por nuestra parte, consideramos que la realidad y la práctica institucional obligan a modificar el contenido de este epígrafe, ampliando los sujetos de participación a las organizaciones colegiales de las distintas profesiones que formalmente tienen que ver con el Sistema Nacional de Salud. Y no nos referimos solamente a la profesión de biólogo.

5 - Artículo 18. Actuaciones sanitarias del sistema de salud

No transcribimos el contenido de este artículo, repartido inicialmente en 13 epígrafes y que actualmente cuenta con 18; todos ellos, los iniciales y los incorporados, son de contenido antropocéntrico. De nuevo, consideramos que debe introducirse la referencia al cambio climático y a la Biodiversidad.

6 – Artículo 19. Sanidad ambiental

El primer epígrafe de este artículo decía “Los poderes públicos prestarán especial atención a la sanidad ambiental, que deberá tener la correspondiente consideración en los programas de salud”. Sí, hemos escrito bien “decía” en vez de “dice”, porque este epígrafe fue eliminado de la Ley 14/1986 mediante una disposición derogatoria de la Ley 33/2011, de 4 de octubre... ¡de Salud Pública! Sobran comentarios.

El segundo epígrafe contiene 13 puntos, de los que el último es el típico cajón de sastre (“Cualquier otro aspecto del medio ambiente relacionado con la salud”); los otros 12, tienen un contenido absolutamente centrado en la actividad humana. De nuevo, es imprescindible una actualización en el sentido precedentemente indicado.

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Consideramos que no hace falta seguir desgranando el articulado de la vigente Ley 14/1986 General de Sanidad, porque este corresponde netamente a otra época, otras necesidades, otras realidades y otras posibilidades de actuación.

CONCLUSIÓN

En la nueva realidad a la que nos está conduciendo el SARS-CoV a través de la Covid-19, consideramos que “El cómo” debe responder a:
- Explicitar la importancia de la preservación de los ecosistemas y la conservación de la Biodiversidad para la Salud humana, por muy alejados que aquellos estén de las grandes concentraciones de especímenes de la especie H. sapiens.
- Modificar la Ley 14/1986 General de Sanidad y el corpus normativo que destila, en el sentido aquí indicado.
- Dotar presupuestariamente, o sea, de recursos humanos y materiales, a las Administraciones públicas competentes en materia de Salud, con la finalidad de que puedan afrontar los nuevos retos que debemos abordar al respecto.

Además, apuntamos la necesidad de debatir si es conveniente resituar los artículos 43 CE, 45 CE y 47 CE en otro bloque de la Constitución Española y, en su caso, cómo debe reformularse su contenido.

lunes, 25 de mayo de 2020

La salud pública: hacia el nuevo paradigma (I) , artículo de Pere Camprubí i García


La salud según la OMS

"La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades". La cita procede del Preámbulo de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, que fue adoptada por la Conferencia Sanitaria Internacional, firmada el 22 de julio de 1946 por los representantes de 61 Estados (Official Records of the World Health Organization, Nº 2, p. 100), y entró en vigor el 7 de abril de 1948. La definición no ha sido modificada desde 1948.

La salud en España

En España, el marco legal relativo a la Salud está troceado en los ámbitos vegetal (Ley 43/2002, de 20 de noviembre), animal (Ley 8/2003, de 24 de abril), humano (Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; Ley 16/2003, de 28 de mayo, del Sistema Nacional de Salud; Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de Profesiones Sanitarias; Ley 37/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública), alimentario (Ley 17/2011, de 5 de julio, de Seguridad Alimentaria y Nutrición) y laboral (Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales). En el límite, algunos añaden la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, conocida como ley de la Dependencia.
En España, la profesión de biólogo es la única que posee conocimientos y habilidades que tienen mucho que ver con los contenidos científico-técnicos de cada uno de aquellos primeros cinco ámbitos.
Esta posición especial, única y exclusiva de la profesión de biólogo es a la vez una fortaleza y una debilidad.
Esta privilegiada posición justifica que algunos profesionales de la Biología reflexionemos sobre cómo consideramos que debe ser un nuevo marco legal que regule próximamente la Salud en España. La pandemia Covid-19 producida por el virus SARS-CoV2 obliga a ello.

El qué

De las leyes troncales que acabamos de citar en el inicio de este escrito, la Ley General de Salud Pública es la que ofrece un planteamiento más global que el resto de ellas. Así, el Preámbulo de esta ley se inicia con:
  • Los servicios sanitarios resultan imprescindibles para dar respuesta a los problemas de salud de la colectividad, pues consiguen atenuar los perjuicios de las enfermedades y permiten que se pueda recobrar la salud perdida y mejorar la calidad de vida de las personas enfermas. Pero no es el dispositivo asistencial el principal condicionante de nuestro nivel de salud, la salud se gana y se pierde en otros terrenos: antes del nacimiento pueden producirse exposiciones a distintos factores que de forma indeleble determinen la salud futura, y desde el nacimiento hasta la muerte se van acumulando experiencias vitales positivas o negativas que perfilan la salud. El entorno familiar, la educación, los bienes materiales, las desigualdades sociales y económicas, el acceso al trabajo y su calidad, el diseño y los servicios de las ciudades y barrios, la calidad del aire que se respira, del agua que se bebe, de los alimentos que se comen, los animales con los que convivimos, el ejercicio físico que se realiza, el entorno social y medioambiental de las personas, todo ello determina la salud. Las acciones de gobierno, a cualquier nivel, las intervenciones públicas o privadas, tienen en mayor o menor grado repercusiones sobre la salud. De ahí que el enfoque de la salud pública actual se dirige a conformar acciones que rebasan el ámbito de los servicios sanitarios y por tanto requieren nuevas formas de organización.
Este último párrafo es diáfano en cuanto al alcance de la noción de Salud Pública: esta va mucho más allá de lo meramente asistencial.
Pero no todo es tan bonito, en el sentido de integrado, global e inclusivo como parece, porque, por otra parte, la Conferencia de las Partes del Convenio sobre Biodiversidad Biológica de la ONU, en su Decisión XIII/6 dice:
  • 3. Invita a las Partes y otros Gobiernos a que utilicen la información sobre los vínculos entre la salud y la diversidad biológica, según proceda y teniendo en cuenta las circunstancias nacionales, para lograr el objetivo establecido en esta decisión, que es promover la comprensión de los vínculos entre la salud y la diversidad biológica con miras a maximizar los beneficios para la salud, abordando las desventajas y compensaciones y, donde sea posible, abordando los factores impulsores comunes de riesgos para la salud y la pérdida de diversidad biológica. Esa información sobre los 12 vínculos entre la salud y la diversidad biológica incluye: a) Suministro de agua y saneamiento; b) Producción agrícola; c) Alimentación y nutrición; d) Asentamientos humanos; e) Gestión de los ecosistemas y enfermedades infecciosas; f) Salud mental y bienestar; g) Medicina tradicional; h) Descubrimientos biomédicos; i) Efectos de los productos farmacéuticos; j) Conservación de especies y hábitats; k) Restauración de ecosistemas; l) Cambio climático y reducción del riesgo de desastres.
Estos vínculos no constan o están de manera incompleta en la Ley de Salud Pública española. Así, constatamos que la Ley de Salud Pública española se queda corta en su alcance y su ámbito de aplicación, a pesar de admitir que “la salud pública actual se dirige a conformar acciones que rebasan el ámbito de los servicios sanitarios y por tanto requieren nuevas formas de organización”, como acabamos de trascribir. En definitiva, echamos en falta el paquete de ámbitos biológicos y ambientales que no están directamente relacionados con el hombre.
Por ello, en esta primera parte concluimos que la Ley de Salud Pública se queda corta y es poco ambiciosa, ya que no concibe la salud pública como algo integral y global, sino que la reduce a lo estrictamente antropocéntrico. En este sentido, proponemos que, en la previsible revisión del marco legal de la Salud en España, se tenga en cuenta el enfoque BIOSALUD, incorporando  los citados 12 vínculos entre salud y diversidad biológica, de manera análoga a como la UE hace con el término “bioeconomía”, concepto que incluye los sectores y sistemas económicos basados en los recursos biológicos, sus funciones y principios, incluidos los ecosistemas y los servicios que estos prestan.

lunes, 18 de mayo de 2020

Sobre una falsa disyuntiva: ¿Salvar vidas o salvar la economía?, artículo de Juan Ramón Rallo

¿Salvar vidas o salvar la economía?

Un confinamiento domiciliario total permitiría salvar muchas vidas pero colapsaría la actividad económica. No obstante, medidas muy laxas maximizarían el número de fallecidos

Foto: Las terrazas de los bares y restaurantes de la plaza Mayor de Madrid, el pasado miércoles. (EFE)
¿Salvar vidas o salvar la economía? Desde el comienzo de la aplicación de medidas de distanciamiento físico, se nos ha trasladado que existe una disyuntiva entre el objetivo de salvar vidas humanas y el de preservar la actividad económica.

Medidas muy drásticas de distanciamiento físico permitirían salvar muchas vidas pero, al mismo tiempo, colapsarían la actividad económica; por el contrario, medidas muy laxas de distanciamiento físico conseguirían mantener en funcionamiento la economía pero, en contrapartida, maximizarían el número de fallecidos. Gráficos como el siguiente se han de convertir en herramientas habituales para resumir estos objetivos en conflicto:
Trade off vidas-PIB.
Trade off vidas-PIB.
Y aunque no pretendo negar que ciertamente existan, en el margen, disyuntivas de este estilo ante determinadas decisiones tácticas, en la estrategia no existe necesariamente una incompatibilidad radical entre ambos objetivos: salvar vidas —incluyendo en esta expresión la protección de la salud de los ciudadanos— es también salvar la economía y, a su vez, salvar la economía es salvar vidas. En esencia, por dos razones.

Primero, porque el objetivo último de todo sistema económico es, o debería ser, el de maximizar la generación de medios para que los individuos satisfagan la mayor cantidad posible de sus fines personales. En la medida en que quepa presuponer —y parece una hipótesis harto razonable— que la inmensa mayoría de personas valoran de un modo extremo su supervivencia, salvar la economía a través de una elevadísima mortalidad constituiría en cierto modo una contradicción en los términos: el sistema económico estaría fracasando a la hora de proporcionar los medios para satisfacer uno de los fines más valorados por cualquier persona (su propia vida). 

Incluso desde una perspectiva irrespetuosamente utilitarista, el valor económico de las vidas previsiblemente perdidas en ausencia de medidas de distanciamiento físico sería superior al de las pérdidas de producción material vinculadas a un confinamiento que durara todo un año: el Gobierno estadounidense estima que el coste de una vida humana perdida ronda los 9,3 millones de dólares, de modo que si 500.000 estadounidenses fallecieran a causa del coronavirus, la pérdida económica ascendería a 4,6 billones de dólares, monto superior a la contracción del PIB esperada por mantener la economía hibernando todo un año (4,2 billones de dólares).

Segundo, porque vidas y economía son interdependientes. Por un lado, y como ya se han encargado muchos de recordarnos, porque una economía colapsada incrementará la pobreza y esa pobreza provocará muertes —especialmente, en los países menos desarrollados—. Por otro, porque una pandemia que campe libremente a sus anchas también provocaría el colapso de la economía: si una parte de la población enferma y durante varias semanas se siente incapacitada para acudir a su puesto de trabajo (baja laboral), habrá sectores económicos que o no podrán mantenerse en funcionamiento o solo se mantendrán en funcionamiento de un modo muy parcial.

En este último caso, la oferta de muchas mercancías se vería transitoriamente estrangulada y, en la medida en que esas mercancías constituyan los 'inputs' de otras industrias (esto es, sean bienes intermedios), esas otras industrias también se verían forzadas a suspender su actividad por culpa de esos cuellos de botella. ¿Cuán grave puede ser este fenómeno? De acuerdo con la estimación recientemente elaborada por tres economistas de Cambridge, las pérdidas de PIB podrían resultar superiores a las derivadas de paralizar la actividad de ciertos sectores no esenciales (como bares, restaurantes, grandes eventos…) para proteger de la infección a los trabajadores en sectores esenciales (esto es, las medidas de distanciamiento físico 'minimizarían' la caída del PIB). 

En definitiva, es una engañosa ilusión pensar que podríamos haber pasado por esta pandemia sin pérdidas económicas despreocupándonos de las vidas de muchos conciudadanos. Para salvar la economía, hay que salvar a sus ciudadanos y, hasta que aparezca una vacuna (si es que aparece) o hasta que generemos inmunidad de grupo, la única forma de salvar a los ciudadanos de un virus tan contagioso como este es mediante medidas de distanciamiento físico: sin esas medidas, no solo habrían muerto centenares de miles de personas sino que la actividad económica habría colapsado igualmente por la inactividad de muchos trabajadores esenciales.

Cuestión distinta, eso sí, es el diseño y la intensidad adecuada de esas medidas de distanciamiento físico: es cierto que, en el margen, sí puede haber una disyuntiva entre la seguridad total frente al virus y el hundimiento económico (por ejemplo, si decretáramos dos años de confinamiento domiciliario total, el virus desaparecería, pero la economía también); asimismo, no todas las medidas de distanciamiento físico tienen por qué ser en todo momento igual de eficaces (en un principio, el confinamiento domiciliario podría ser la única herramienta válida para detener el 'shock', pero después puede ser más inteligente combinar mascarillas, test y rastreos generalizados para permitir que la sociedad reanude de manera segura gran parte de sus actividades).

De ahí que resulte necesaria una muy superior descentralización en las estrategias de desescalada que aquella que estamos permitiendo hoy (posibilitando así que diversas jurisdicciones prueben, en un contexto de muy alta incertidumbre, qué medidas funcionan mejor y cuáles peor para que el resto podamos emularlas). Pero en cuanto al objetivo estratégico último, tal disyuntiva es falsa: el virus nos ha golpeado con dureza —en parte, porque nuestros gobernantes fallaron a la hora de adoptar medidas tempranas que evitaran su penetración en nuestras sociedades— y el empobrecimiento económico habría sido inevitable bajo cualquier escenario. El distanciamiento físico no es el precio que pagamos para salvar vidas, sino también para minimizar la magnitud del colapso económico.

domingo, 5 de abril de 2020

Sobre la imperiosa necesidad de una renta básica

 

Es el fin de un mundo: Necesitamos una renta básica de cuarentena




Jordi Arcarons

Francisco Javier Braña

Daniel Raventós

Lluís Torrens

Fuente: www.sinpermiso.info

Hemos escrito recientemente artículos periodísticos1 que han explicado las consecuencias que va a tener, que ya está teniendo, esta nueva pandemia causada por el virus denominado COVID-19.
El objetivo de este artículo es analizar brevemente las medidas adoptadas hasta ahora por el Gobierno español y, a la luz de su insuficiencia y complejidad, proponer la implantación de una renta básica incondicional, una renta básica de cuarentena, como ingeniosamente ha sido llamada ya por distintos autoras y autores. Cuando la Comisión Europea se ha visto obligada a proponer al Consejo Europeo la suspensión de facto de las reglas del Pacto de Estabilidad y Crecimiento y este lo ha aceptado, es que la situación es extraordinaria2. Y posteriormente, aunque en medio de una tormenta política por la oposición de los países de la llamada “liga hanseática” (Alemania, Austria, Finlandia, Estonia, Holanda), se están discutiendo medidas hasta ahora impensables, como puede ser la emisión de bonos que permitan mutualizar la deuda y los riesgos de los países o, como alternativa, la posibilidad de que el Mecanismo Europeo de Estabilidad (conocido como MEDE) conceda préstamos a los países reduciendo sustancialmente la condicionalidad, en particular la adopción de medidas de ajuste económico y fiscal, es decir, de austeridad.
Dada la catastrófica situación que se nos ha venido encima, humana y económica, especialmente gravosa para las personas sin protección, asalariados, pequeños empresarios y autónomos, agravada por las medidas de aislamiento adoptadas con la declaración del estado de alarma el 14 de marzo y prorrogado de momento hasta el 26 de abril, el gobierno del Reino de España ha publicado hasta el momento nada menos que seis Reales Decreto-Ley: el 6/2020, de 10 de marzo; el 7/2020, de 12 de marzo; y el 8/2020, de 17 de marzo; el 9/2020 de 27 de marzo, el 10/2020, de 29 de marzo; y el 11/2020, de 31 de marzo. Hagamos un breve repaso de las medidas adoptadas, en particular de aquellas que tienen un coste e impacto económico.
El Real Decreto-Ley 6/2020, de 10 de marzo, contiene tres grupos de medidas. Un conjunto de cambios en la normativa del sector financiero relativas al SAREB, las entidades de crédito y los bancos; la protección de los deudores hipotecarios, reestructuración de deudas y alquiler social; y la consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus. No hay cuantificación alguna del coste ni del impacto económico de estas medidas, en particular de la tercera.
El Real Decreto-Ley 7/2020, de 12 de marzo, contiene nuevas medidas, de la que las más relevantes son dos: la concesión de un crédito extraordinario de 1.000 millones de euros al Ministerio de Sanidad, con cargo al Fondo de Contingencia, para contribuir a los gastos extraordinarios originados por la emergencia; y la concesión de un suplemento de crédito de 25 millones de euros en el Presupuesto del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, también con cargo al Fondo de Contingencia, cuya cuantía se transferirá a las Comunidades Autónomas, para asegurar el derecho básico de alimentación de los niños en situación de vulnerabilidad que se encuentren afectados por el cierre de los centros educativos. El decreto incluye, asimismo, medidas de apoyo al turismo extendiendo a todas las empresas y autónomos del sector la línea de financiación del Instituto de Crédito Oficial prevista para los afectados por la insolvencia del grupo empresarial Tomas Cook; el aplazamiento del reembolso a las empresas que hayan recibido apoyo financiero a la inversión industrial a través del Instituto de la Pequeña y Mediana Empresa; y el aplazamiento de la deuda tributaria para personas o entidades con un volumen de negocio no superior a 6 millones de euros por seis meses, no devengando intereses de demora sólo los tres primeros meses.
Llegamos a al Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, cuyas medidas han sido las más publicitadas y que supuestamente van destinadas a “contribuir a evitar un impacto económico prolongado más allá de la crisis sanitaria, dando prioridad a la protección de las familias, autónomos y empresas más directamente afectadas”. Lo primero y muy sorprendente es que, en su exposición de motivos, informa de que las medidas del Real Decreto-Ley 7/2020 movilizan recursos por importe de más de 18.000 millones de euros, incluyendo un refuerzo del sector sanitario de aproximadamente 3.800 millones de euros. Reconocemos que nos es imposible saber, leyendo el susodicho Real Decreto-Ley, de dónde salen esas dos cifras.
En la rueda de prensa de presentación de esta tercera norma se anuncia por el presidente del Gobierno que las medidas adoptadas suponen la movilización nada menos que de 200.000 millones de euros, de los que 117.000 serán enteramente públicos y el resto por la movilización de recursos privados. De esta última cifra, 100.000 en realidad son avales públicos al sector financiero para dar créditos al sector privado. De manera que la aportación real a la economía sería de 17.000 millones, cantidad que tampoco podemos saber de dónde sale, pues en este Real Decreto-Ley, de las medidas que pudieran tener impacto sobre el gasto público (que por razones de espacio no podemos detallar aquí), sólo se cuantifican: a) el refuerzo de 300 millones de euros en el presupuesto del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para financiar un Fondo Social Extraordinario para hacer frente a las consecuencias sociales del COVID-19, mediante transferencias a las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas, Ceuta y Melilla para financiar las prestaciones básicas de los correspondientes servicios sociales; b) cerca de 30 millones de euros para la investigación en créditos extraordinarios destinados al Instituto de Salud Carlos III y al Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Tendrá impacto en las cuentas de la Seguridad Social la prestación extraordinaria por cese de actividad, aplicando el 70 por ciento a la base reguladora, a los trabajadores por cuenta propia o autónomos, cuyas actividades queden suspendidas o, en otro caso, cuando su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75 por ciento en relación con el promedio de facturación del semestre anterior. También lo tendrá la exoneración a las empresas del pago del 75% de la aportación empresarial a la Seguridad Social alcanzando dicha exoneración el 100% de la cuota cuando se trate de empresas de menos de 50 trabajadores, siempre que éstas se comprometan a mantener el empleo. Y asimismo podrá tener impacto en los presupuestos del INEM la previsión de que, en los supuestos en que la empresa decida la suspensión de contratos o la reducción temporal de la jornada de trabajo, se reconoce el derecho a la prestación contributiva por desempleo a las personas trabajadoras afectadas, aunque carezcan del período de ocupación cotizada mínimo necesario para ello. Pero de ninguna de estas medidas se explicita su coste previsto en términos de menores ingresos o más gasto público.
Las restantes medidas no tienen un impacto directo, por lo que surgen dos preguntas. La primera ¿se ha estimado por el gobierno que las tres medidas con impacto directo van a suponer más de 16.000 millones de euros? Y la segunda ¿estos 17.000 millones de los que se habla en la rueda de prensa se añaden a los 18.000 que supuestamente se “movilizan” con el anterior decreto? Si la respuesta a esta segunda pregunta fuera afirmativa, estaríamos diciendo que se van a movilizar nada menos que 35.000 millones, entre gasto directo y menores ingresos, lo que resulta extraño que no se mencionara en la rueda de prensa del presidente del Gobierno. Cabe pensar que el impacto total va a ser como máximo los 18.000 millones, que se atribuyen al Real Decreto-Ley 7/2020, aunque haría falta conocer el detalle.
Nos quedan otros 100.000 millones en avales públicos. Empecemos señalando que desconocemos cómo ha calculado el gobierno la cifra de la supuesta movilización de recursos privados resultados de estos avales. Respecto a la aportación pública, resulta que, al ser avales, no se trata de un gasto real (sea corriente o de inversión), sino de un gasto financiero potencial, que como es sabido tiene la virtud de que no computa en el déficit público. Y sabemos bien, por la política de avales a las actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación contenidas en los Presupuestos Generales del Estado desde hace años, que los avales no se utilizan, no son atractivos para las empresas y queda sin ejecutar más del 80 por 100 de las cifras presupuestadas. Por lo tanto, es de esperar que esa supuesta movilización de recursos lamentablemente se quedará en casi nada. A ello hay que añadir que el beneficiario real de esta medida es el sistema crediticio, que ve asegurado que, si concede un préstamo y este resulta fallido, no va a perder un euro, dado que lo ha avalado el Estado. Así al menos lo ha entendido el mercado de valores.
Hasta aquí el Gobierno adoptó unas medidas de las que no se sabe su importe real, nada que ver desde luego con esa declaración de su presidente de que se va a movilizar casi el 20 por 100 del PIB. Pero los casos detectados y los fallecimientos atribuidos al COVID-19 no dejan de aumentar3, el gobierno considera necesario alargar el estado de alarma y endurecer el confinamiento4. Y como consecuencia se aprueban tres nuevos Real Decreto-Ley 9/2020, de 27 de marzo, lo que hace es limitar el alcance de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), regulados en el Real Decreto-Ley anterior y matizar o corregir algunas de las medidas de carácter laboral aprobadas, relativas a los despidos y a las prestaciones por desempleo. El Real Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo, partiendo de que con el estado de alarma se ha limitado al máximo los movimientos de las personas, tiene por objeto establecer un permiso retribuido recuperable para personal laboral por cuenta ajena, de carácter obligatorio y limitado en el tiempo entre los días 30 de marzo y 9 de abril (ambos incluidos), para todo el personal laboral por cuenta ajena que preste servicios en empresas o entidades del sector público o privado que desarrollan actividades no esenciales.
La última de las normas es el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo que, en nada menos que 88 páginas, adopta un elevado número de medidas complementarias en muy diversos ámbitos que, según el gobierno, es “un paquete económico y social completo para dar respuesta a todos los ciudadanos” y que, por ello, no intentaremos detallar aquí. Entre ellas, hay medidas de apoyo al alquiler de personas vulnerables, incluyendo una línea específica de avales y una ayuda de hasta 900 euros al mes y hasta un 100 por 100 del alquiler, o hasta un 100 por 100 del principal e intereses del préstamo hipotecario, medida que se estima supondrá un gasto de 400 millones de euros; de moratoria de las deudas hipotecarias y de los créditos y préstamos que mantengan las personas en situación de vulnerabilidad; se amplía el colectivo de perceptores del bono social de electricidad, que ahora incluye a profesionales y autónomos; se crea un subsidio extraordinario temporal del que se podrán beneficiar las empleadas de hogar ante la falta de actividad, la reducción de las horas trabajadas o la extinción del contrato; un subsidio aplicable al colectivo de trabajadores temporales cuyo contrato se extingue porque llega a su fin; se concede una moratoria, con condiciones a determinar por Orden Ministerial, en el pago de las cotizaciones a las Seguridad Social de los trabajadores autónomos, así como el aplazamiento del pago de deudas; hay medidas de “apoyo a la industrialización”, una denominación excesiva puesto que son más bien para paliar las consecuencias del cese de actividad, por ejemplo en el sector turístico; medidas relacionadas con el suministro de energía destinadas a pequeñas empresas y autónomos.
Algunas de estas medidas tendrán impacto sobre los presupuestos públicos, fundamentalmente sobre los presupuestos de la Seguridad Social, de hecho el decreto autoriza a disponer de los más de 2.400 millones de euros procedentes de las cotizaciones para formación profesional de los trabajadores en paro, y que forman parte del Plan Anual de Política de Empleo (PAPE), que gestionan las comunidades autónomas, para así poder financiar cualquiera de las prestaciones y acciones del sistema de protección por desempleo; otras medidas lo que hacen es tratar de reducir o aplazar las consecuencias negativas de la paralización de la actividad económica.
Circulan ya multitud de previsiones y análisis sobre cuál será el impacto macroeconómico de la pandemia, la mayoría malas sino catastrofistas, pero no es nuestra intención recoger sus pronósticos. Dado el estado del conocimiento de las previsiones en economía, el que alguna acierte es casi imposible de saber a priori.
Porque algunos datos de lo que está suponiendo la paralización de la actividad económica son espectaculares. Afiliados a la seguridad social del mes de marzo en caída libre, con un descenso a finales de mes de 833.979 personas (243.469 afiliados menos de media), si bien entre el 12 y el 31 de marzo se perdieron 918.996 afiliados. La caída de la afiliación es mucho mayor en el régimen general que en el de autónomos (lo que es lógico, pues en este caso supone darse de baja en la actividad); y es mucho mayor en los contratos temporales (550.651 personas, con una pérdida del 17,3%) que en los indefinidos (1,9%). Y los ERTE que se hayan realizado aún no aparecen en las estadísticas, cuando a principios de abril el número de los presentados casi llegaban a 250.000, si bien hasta ese momento sólo 620.000 personas tenían su contrato suspendido, según datos proporcionados por la ministra de Trabajo y Economía Social. Ya vemos que los efectos económicos de la pandemia no están afectando a todos por igual y que será difícil que nadie se vea afectado una vez haya pasado.
Muchas de las medidas adoptadas están plenamente justificadas, algunas de contenido puramente social, como la protección sobre las víctimas de violencia de género o la consideración como actividad esencial a las clínicas que permiten interrumpir el embarazo. Sólo podría reprocharse al gobierno la tardanza en adoptarlas, fruto probablemente de la discusión, sino enfrentamiento, entre los miembros del gobierno ordoliberales (partidarios de las políticas de austeridad o prisioneros, pero con síndrome de Estocolmo) y los socialdemócratas, si bien siguiendo el refrán, más vale tarde que nunca.
De nuevo comprobamos la adopción de una multitud de medidas, algunas de ellas con una enorme complejidad de implantación (como los propios trabajadores del Servicio Público de Empleo Estatal están declarando), consistentes en ayudas condicionadas a estrictos requisitos que necesitarán un montón de trámites burocráticos, para que puedan tener acceso las personas vulnerables (que por cierto deberán demostrar tal situación) a quienes están destinadas. A principios de esta semana nos enteramos por las redes, a través de un cargo político, de que el gobierno está “trabajando”, no sabemos para cuándo estará lista la medida dada la división existente en su seno, en un ingreso mínimo vital que cubra a todas las familias vulnerables o en situación de necesidad, con una prestación “únicamente” condicionada al nivel de ingresos y con los mínimos requisitos burocráticos (¡aleluya!). En una entrevista en La Vanguardia del 5 de abril, el ministro Escrivá afirma “el ingreso mínimo vital es una medida estructural y permanente”, pero las concreciones sobre la misma no van más allá de vaguedades: ni cuántos posibles beneficiarios van a percibirla, ni qué cantidad va a suponer, ni cuál es el calendario para implementarla. Un par de páginas después del mismo periódico, nos encontramos que la patronal catalana también defiende una renta mínima de ayuda “a los colectivos más vulnerables”. En fin, lo de siempre, pero que se convierte en más hipócrita si cabe en las circunstancias actuales. Ello cuando cada vez son más las voces que piden que se establezca ya una renta básica.
Cierto que, como cabría esperar, los enemigos de la renta básica y defensores de los subsidios condicionados, han vuelto a sacar los argumentos manidos de siempre. Uno de ellos, que en este contexto merece especial atención, es que la crisis económica causada por la pandemia va a afectar a los autónomos y los pequeños empresarios y que la renta básica no da respuesta a su supervivencia. En el Reino de España, según los datos de la Seguridad Social, hay más de un millón y medio de empresas de trabajadores autónomos sin empleados y algo más de un millón cien mil microempresas (las que tienen menos de 10 empleados), que representan un 93,6% del total de empresas, por lo que es un error de bulto decir que una renta básica no alcanzaría a estos autónomos y microempresarios, todo lo contrario, les permitiría sobrevivir o al menos les ayudaría si tuvieran problemas en su negocio, al igual que a sus trabajadores.
De que es necesario y urgente poner dinero en manos de los ciudadanos ya se han dado cuenta en Hong Kong, en Japón y parece que también la administración Trump, aunque se trata de un pago único cuyos inconvenientes ya han sido destacados (entre ellos por Guy Standing). Incluso hay propuestas procedentes de economistas conservadores, como la de Gregory Mankiw (adoptada por algún economista liberal del reino)5. O citando textualmente al Financial Times “…La redistribución debe situarse en la agenda; los privilegios de los más ricos deben ponerse en cuestión. Políticas hasta ahora consideradas excéntricas, como la renta básica o la imposición sobre la riqueza deben empezar a considerarse”.
Por ello consideramos que hay que ser más realistas en la apuesta por la mayoría de la población no rica lo que quiere decir que en una situación de crisis como la presente, ha llegado el momento de la implantación de la renta básica.

Cómo puede implementarse una renta básica de forma inmediata para hacer frente a la situación de emergencia en que nos encontramos
En primer lugar, vamos a enumerar los pasos que deberían seguirse:
1.La administración abre un período de petición on-line para que toda persona pueda solicitar la RB. Para ello es necesario facilitar una cuenta corriente para cada persona adulta. Si no se dispone de la misma se utiliza Bankia, ya que se trata de un banco público. La RB es inembargable excepto por fraude fiscal posterior a su implementación.
2. La administración hace las comprobaciones electrónicas relativas a las características del hogar al que pertenece el solicitante (cuántas personas adultas y cuantos menores conviven en el mismo) y a todo solicitante se le transfiere sin condiciones. De forma casi inmediata.
3. El pago se prolonga indefinidamente o, como mínimo, hasta tres meses después de que se haya declarado el final de la situación de emergencia. De ahí que podamos llamarla también “renta de cuarentena”.
4. En el ejercicio 2021 todas las personas perceptoras deberán presentar su declaración del IRPF. De hecho, la hará como ya lo hace en la actualidad la Agencia Estatal de la administración Tributaria (AEAT), a través del borrador que envía a cada contribuyente.
5. Las personas perceptoras de RB y de otros ingresos pagarán en función del total de ingresos, descontando la transferencia de RB percibida.
6. Las personas que únicamente hayan percibido la transferencia de RB anualizada no pagarán nada por esta declaración del IRPF.
7. Se reducen los pagos en efectivo a un máximo de 500 euros por transacción. Y se estudia que todas las transacciones lleven una identificación fiscal de comprador y vendedor con información electrónica (con una app en móvil para pequeños negocios).

De qué transferencia estamos hablando y posible vía de financiación
Las cantidades transferidas obedecen al siguiente criterio: se calcula el importe por hogar a razón de 530 euros para el primer miembro y el 50% para el resto de los miembros. Que es un criterio parecido al utilizado por la OCDE para establecer las diferencias de pobreza que existen según las distintas composiciones del hogar, pero reforzando el apoyo a las familias con menores. La cantidad total obtenida de los adultos se divide entre cada miembro adulto y la cantidad total de los menores se asigna a partes iguales entre los correspondientes tutores de los menores. Hay quien puede pensar que 530 euros es una cantidad pequeña, que 1.060 euros para tres personas en un hogar es bajo. Y es cierto. Pero no creemos que la discusión importante sea ahora si 400, 500, 600 o 700 euros. Lo importante es la rapidez de su aplicación, y para ello la universalidad e incondicionalidad son esenciales. De la misma forma que se repite hasta la saciedad que la intervención rápida ante el coronavirus es mejor que buscar la perfección, también una renta básica inmediata es mejor que garantizar el enfermizo purismo de algunos preocupados porque "sólo la reciban los necesitados" o que "no la reciban los ricos".6
Más patético, cuando no sencillamente ridículo, es la objeción en las actuales circunstancias de algunos opinadores de izquierdas según los cuales la renta básica es demasiado cara. ¿Lo dicen sabiendo de que hablan? ¿Lo ponen en relación a lo que están haciendo los gobiernos de la UE y la propia UE en beneficio de las grandes corporaciones?7
A partir de la información que proporciona la Encuesta de Condiciones de Vida en su última edición de 2018 el coste de la transferencia es de un máximo 17.153 millones de euros mensuales.
Si suponemos que se percibe durante 6 meses, a contar desde el mes de marzo hasta el mes de agosto de 2020, el coste total máximo será aproximadamente de 103.000 millones de euros. El coste será inferior en proporción a las familias que lo soliciten. Es de esperar que las familias que mantengan el puesto de trabajo u otros ingresos (como la mayoría de funcionarios o pensionistas no la soliciten). Basta señalar que en el año 2018 el 41% de los ingresos del trabajo y actividades económicas (el 38% del total de los rendimientos gravables por IRPF) procedían de pagadores públicos que no serán afectados (en principio). Una cifra de 30, 40 o 50 mil millones sería incluso financiable con déficit (que sería bruto, porque la mayoría sino todo se recuperaría vía ingresos fiscales generados por el consumo inducido y por los multiplicadores fiscales elevados que va a tener el gasto público inyectado en la vena de la población). Además, habrá que tener en cuenta los ahorros inducidos en salud, prevención de la delincuencia y otros costes indirectos.
Y adicionalmente deberá implementarse la moratoria de pago de alquileres igual que la que existe para hipotecas, porque la RB que se propone solo cubre las necesidades básicas excluidos los gastos de alquiler o hipoteca. Dejamos pendiente las medidas de futuro para garantizar el derecho constitucional a la vivienda.
En unos meses, se hará una estimación del coste fiscal total y de su financiación vía modificación del IRPF 2020 y de otros impuestos (Sociedades, Patrimonio, IVA, etc.) y se decidirá su extensión en el tiempo o su implementación indefinida como renta básica universal e incondicional (no de cuarentena) integrada en las nóminas y pensiones añadiendo ayudas al pago de la vivienda.
Escribía un ministro del actual gobierno muy recientemente en la prensa: “No es el fin del mundo. Pero es el fin de un mundo. Del mundo en el que habíamos vivido hasta ahora.” Puede ser peor, sí. Y en lugar de concentrar los esfuerzos en montar una burocracia inquisitiva que persiga a los pobres perezosos, o a las personas vulnerables, nos dedicaremos a reconstruir una sociedad más justa, solidaria y sostenible, sin dejar esta vez nadie atrás. Todo será distinto, aprovechemos que sea para mejor.

Notas:
1 Esta es una versión notablemente revisada, actualizada y ampliada de un artículo publicado en Público el pasado 23 de marzo: https://blogs.publico.es/dominiopublico/31374/ante-la-pandemia-del-coronavirus-mas-que-nunca-necesitamos-una-renta-basica/
2 La Comisión ha ido proponiendo diversas medidas adicionales: ha revisado las normas en materia de ayudas estatales; ha establecido una Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus, dotada con 37.000 millones de euros, para proporcionar liquidez a las pequeñas empresas y al sector de la asistencia sanitaria; ha puesto en marcha una nueva iniciativa denominada SURE - Instrumento de Apoyo Temporal para Mitigar los Riesgos de Desempleo en una Emergencia para contribuir a conservar puestos de trabajo y apoyar a las familias; ha propuesto reorientar todos los fondos estructurales disponibles hacia la respuesta al coronavirus; y ha dotado con 3.000 millones de euros una Iniciativa de Solidaridad Sanitaria de la UE, para atender a las necesidades de los sistemas sanitarios de los Estados miembro. En cualquier caso, las divisiones en el seno de la UE han aflorado una vez más. Más de uno de los muy europeístas (Delors) lo ha dicho: esta UE está herida de muerte.
3 Lamentablemente las estadísticas que se están ofreciendo no parecen que estén reflejando la realidad de la pandemia. No es posible saber el número de contagiados, sólo el número de personas infectadas a las que se les ha detectado y, por otra parte, la cifra de fallecidos tampoco sabemos si recoge todos los casos. Esto que está ocurriendo en el Reino de España, en parte por la decisión política de algunas Comunidades Autónomas de enmascarar los datos, casos de Madrid y Andalucía, es todavía más acusado en las estadísticas internacionales, pues cada país parece estar contabilizando los casos de manera distinta, también en parte por razones políticas.
4 Nos llama la atención que se empieza a utilizar y se ha generalizado, desde el gobierno y desde los medios de comunicación, un lenguaje bélico, “esto es una guerra”, cuando como bien destaca Ramón Lobo (El País, 3 de abril de 2020), no hay trincheras, ni primera línea, ni enemigo, es sólo un virus y con el abuso del lenguaje militar, “un insulto para millones de personas que padecen la verdadera guerra”, lo que se pretende sin duda es desviar la atención sobre la responsabilidad en el estallido y la gestión de la pandemia. Y como más directamente escribe la exalcaldesa de Badalona, Dolors Sabater, “… es de una obscenidad intolerable la exhibición y exaltación del cuerpo militar que se está llevando a cabo en medio de esta crisis sanitaria, social y económica de la Covid 19, con la connivencia de todos los políticos del gobierno del estado.”
6 Recordamos que de los pobres que había antes de la crisis pandémica en el reino de España solo recibían rentas condicionadas para pobres menos del 10%. Pero hay quien ya tiene parti pris diga lo que diga la realidad. Quizás la consigna mágica puede consolar a algunos “hay que mejorar lo que tenemos”. Así nos va.
7 Escribe Luis Flores de la Comisión de antiglobalización de Ecologistas en Acción: “En Europa, el Quantitative Easing anunciado por el Banco Central Europeo tiene el triste nombre de Pandemic Emergency Purchase Programme (PEPP). Dispone de 750.000 millones de euros, que se destinarán en gran parte como ha denunciado Ecologistas en Acción, a comprar bonos de las principales corporaciones del continente —aquí la lista completa—. Entre los beneficiarios se encuentran algunas de las empresas de combustibles fósiles más contaminantes, como Enel, Total, Repsol, Shell, Naturgy, o ENI.”

lunes, 9 de diciembre de 2019

La “Cruzada de niños” de Greta dirigida a la privatización de la naturaleza de Nazanín Armanian

El postureo ecologista sin plantearse la base del problema - el modo de producción de un sistema económico basado en la competitividad extrema, en la utilización intensiva de recursos naturales y humanos y en una pretendida libertad de bienes, productos y servicios con unas reglas de juego marrulleras establecidas por la plutocracía en la que predomina las influencias, el poder de los lobbys y el capitalismo de amiguetes- es mero postureo. 

Así nos lo desvela este artículo en el que, para asombro de muchos, vemos que no sólo la producción capitalista genera "externalidades" (perjuicios indeseados, como la contaminación, desigualdad social y entre países, entre otros) sino que también el ecologismo de moqueta también los tiene (beneficiando a la industria nuclear o incluso...a la  maquinaria armamentística).

Toda una paradoja

La “Cruzada de niños” de Greta dirigida a la privatización de la naturaleza
La activista sueca Greta Thunberg, antes de su intervención la Asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York. EFE/Justin Lane
La activista sueca Greta Thunberg, antes de su intervención la Asamblea
General de las Naciones Unidas en Nueva York. EFE/Justin Lane
Cuentan que, en la Europa medieval, un chaval de 10 años llamado Nicholas se presentó como enviado de Dios, reclutando a decenas de miles de niños con el fin de conquistar Palestina, la Tierra Santa. Ninguno llegó, obviamente: murieron de hambre, de enfermedades o fueron traficados por los adultos. Los “yihadistas” también reclutan a los niños, no solo como su carne de cañón o para limpiar campos de minas antes de que crucen los adultos, sino para avergonzar a los hombres que se niegan a ir a matar a otros.

Hoy, en la era de la globalización, una tropa universal de menores, dirigida por Greta, la adolescente de cara angelical, con su tono de predicador y con la seguridad que da el estar respaldada por una fuerza sobrenatural que deja mudos a los poderosos mandatarios adultos del mundo, nos transmite el sagrado mensaje del IPCC, el alias de la nueva divinidad llamada Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático. El Fin del Mundo ya tiene fecha: será dentro de 11 años (y unos meses) si la humanidad incrédula no sigue sus instrucciones.

En la misión de la nueva superheroína, cuya carrera meteórica la ha convertido en la rival del mismísimo Trump para recibir el Nobel de la Paz (premio que es una inversión en alguien para que juegue un papel en el futuro; Donald ya es pasado), se destacan dos  cuestiones: 1) el fenómeno de la “Generación Z”, y 2) los intereses que ella o Jamie Margolin, su colega estadounidense, representan. 

La Generación Z 

Ser joven, rico y guapo es una virtud en la sociedad capitalista. En la mente de Greta, “los mayores”, que son parte del problema del calentamiento global, no pueden ofrecer soluciones. Pero, ¿cómo unos niños que ni han terminado la escuela y no son investigadores de nada se atreven a dar lecciones al mundo adulto y menospreciar el conocimiento y la sabiduría (que sólo se consigue a golpe de años) de millones de expertos en la lucha de clases, del feminismo, de la sociología de la pobreza, o del complejo funcionamiento del poder? Si ella hubiera oído algo sobre la primera científica que habló del «efecto invernadero», la feminista y mayor Eunice Foote (1819-1888, EEUU), por ejemplo, hubiera elaborado un discurso algo humilde, además de coherente y lógico.

Los “niños digitales” o la “Generación Z” , nombre dado en EEUU a los nacidos entre 1995 y la década de los 2000, y cuya característica es el uso de la tecnología e internet, se han convertido en actores sociales por: a) ser el 40% de los consumidores en las potencias mundiales y el 10% en el resto del mundo, estando en el centro de las políticas de mercado de las empresas; b) ser una generación programada no para pensar sino para consumir y “seguir a” alguien, y c) por la influencia que tienen en el gasto familiar, debido a su conocimiento digital, que además les da un estatus de poder.

Ella se equivoca al afirmar que el cambio climático es el principal problema de la humanidad: ¡se trata solo de una de las consecuencias de un sistema económico-político llamado capitalismo que hoy y ahora ha convertido en un infierno la vida de la mitad de los habitantes de la Tierra, que padece pobreza, que muere en las guerras de rapiña, o en las minas de diamantes y coltán! Mienten las encuestas en EEUU cuando indican que el cambio climático ya es la principal preocupación de los ciudadanos: ¿que un país donde 45 millones de personas viven en el umbral de la pobreza, sufre un profundo racismo contra la población no blanca y una violencia social que es única entre los países occidentales, donde medio millón de sus mujeres son víctimas de agresiones sexuales y rapto, pierde el sueño por el deshielo del Ártico? ¿En serio?

Condenar el consumismo sin situarlo en el lugar y el tiempo es populismo: un estadounidense medio gasta casi 2.000 veces más agua que un residente en Senegal.

Thunberg reprocha a los políticos que la contaminación “le ha robado la infancia”, no sabemos cómo, pero su movimiento elitista no habla de cientos de millones de niños y niñas a quienes les roba la infancia el ser explotados en los talleres oscuros y húmedos, recibiendo a cambio un solo plato de comida al día; por ser víctimas de las guerras de rapiña y sus consecuencias más brutales; ser traficados por la megaindustria de pornografía en un capitalismo que lo convierte todo incluido a los fetos y niños en una mercancía. 

Las “soluciones” de la pequeña Greta

Ya tenemos todos los hechos y soluciones –afirma la joven– y todo lo que tenemos que hacer es despertar y cambiar». 

Los defensores de Greta pueden desmontar los argumentos de la derecha negacionista, pero no son capaces de responder las preguntas del ecologismo progresista.

Los niños como ella desconocen que el capitalismo depende del crecimiento, y este se consigue reduciendo los gastos, explotando más y más a los seres humanos y a la naturaleza y destruyendo a ambos, aumentando los beneficios. Tampoco saben que la acumulación de capital es el núcleo del sistema que pretenden reformar, y que las compañías privadas para crecer, e incluso para existir, deben apartar y/o devorar a sus competidores gastando cada vez más los recursos públicos. Un sistema que ha feminizado la pobreza o que fuerza a millones de personas huir de sus tierras, porque unas compañías o estados quieren robar sus recursos, genera graves desequilibrios ambientales. Es imposible salvar la Tierra sin reducir la pobreza y luchar contra la desigualdad, sin el empoderamiento de las mujeres, la protección de los derechos de los animales, o sin impedir que el Sur Global se convierta en el basurero tecnológico de los ricos caprichosos, esos jóvenes que cambian de móvil como de camisa, sin preguntarse de dónde viene su batería, y a dónde va el aparato que aún no está obsoleto.

Obviamente, ningún movimiento de esta envergadura llamado “Nuevo Poder” es espontáneo, ni hay nada nuevo en esta otro peligroso movimiento de masas. 

¿A quiénes beneficia? 

Al “imperialismo climático”: la «Cuarta revolución industrial» del complejo industrial busca un New Deal Verde. Y lo busca a través del Instituto de Gobernanza de los Recursos Naturales que pretende sacar 100.000 millones de dólares de las arcas públicas de todos los países del mundo para salvar el capitalismo tiñéndolo de verde. Y tiene mucha prisa, de ahí la “emergencia”: presiona para desregular el sector, conseguir la autorización para explotar aún más los recursos naturales, y la financiarización- privatización más grande de la naturaleza jamás realizada, y así poder atraer a los inversores con fines especulativos. Y están apropiándose de más tierras arboladas y el agua de todos los continentes produciendo biomasa para energía, destrozando las selvas y la biodiversidad de aquellos espacios. Ganarían con el endeudamiento de los países pobres, que se verán obligados a comprar la biotecnología verde (coches eléctricos, turbinas eólicas, etc.). 
 
A la industria nuclear: Greta desea “alinear Suecia con el Acuerdo de París”,  cuando este acuerdo otorga a la energía nuclear el papel de “mitigar el cambio climático”, y así reducir el “CO2 a gran escala». 
 
Al Instituto Global de Captura y Almacenamiento de Carbono (IGCAC), que impulsa biotecnología para lanzar «emisiones negativas», operación para la cual consumirá una ingente cantidad de combustible fósil. Tiene preparado unos 3.800 proyectos que permitirán a la industria petrolífera, por ejemplo, seguir esparciendo carbono por la atmósfera. La energía fósil es tan rentable para sus empresarios que para obtenerla han matado a millones de personas, han destrozado la vida animal, arrasando bosques, contaminando aguas. Según el ambientalista Ernest McKibben «Un barril de petróleo, actualmente de unos 70 dólares, proporciona la energía equivalente a unas 23.000 horas de trabajo humano«. La justicia climática es incompatible con un capitalismo que está basado en el ánimo de lucro y a cualquier precio. 
 
A las megafundaciones de apariencia filantrópica, corporaciones que controlaron los negocios de energía, y políticos hipócritas. El Primer Ministro de Canadá, Justin Trudeau, un entusiasta de la joven sueca, cuyo gobierno compró con el dinero público el oleoducto Trans Mountain por 45.000 millones de dólares, los gobiernos europeos que siguen vendiendo ilegalmente armas a los países en guerra, Google que sigue invirtiendo en las compañías que niegan el cambio climático, o la industria de los combustibles fósiles, que dedica sólo el 1% de sus inversiones a energía baja en carbono, pero depositan 50.000 millones de dólares en nuevos proyectos de exploración de petróleo y gas. El objetivo de MacArthur Fundation (2010) es, por ejemplo, “acelerar la transición a la economía circular”. Además de donar diez millones de dólares a Climate Nexus, es la que dirigió, junto con otros lobbies del capitalismo verde (Avaaz, 350.org, Extinction Rebellion, etc.) la Marcha Popular del Clima del 21 de septiembre de 2014. Otras empresas como Ikea, el promotor de “compra, tira y vuelve a comprar«, que ha convertido sus tiendas en el lugar del paseo de las familias, o Avaaz, la red dirigida a cambiar mente y corazones en todo el mundo, o Johnson & Johnson -que ha tenido que pagar mil millones de dólares a veintidós mujeres por el cáncer de ovarios que causaron sus productos, ganan dinero y prestigio. 
 
A la “Oenegeización” de la militancia política de los jóvenes, neutralizando los movimientos ecologistas auténticos, y sustituyendo la conciencia de clase por un “asunto gris de masas” ajeno a la causa común de la humanidad. 
 
Al complejo industrial-militar gracias a la omisión de este movimiento que borra el  factor guerra de las Marchas Verdes, ni menciona las cerca de 18.000 bombas nucleares que amenazan la vida en el planeta, ni el hecho de que Donald Trump tras romper los dos históricos acuerdos nucleares con Irán y Rusia no solo ha sugerido al Pentágono aumentar hasta diez veces el arsenal nuclear, sino que ha insinuado el uso de estas bombas contra Irán y Afganistán. 
 
Estas personas pretenden cambiarlo todo, para que todo siga igual: Malala Yousafzai, la muchacha paquistaní, recogió el Nobel de la Paz en 2014, después de haber recibido varios disparos de los Taliban (grupo anticomunista armado por la CIA) cuando tenía catorce años por defender la alfabetización de las niñas en su país Pakistán. Hoy, su país sigue siendo uno de los peores del mundo en esta materia. 
 
¿Cómo se salva el planeta, de verdad? 
 
Cuando Marx llamó la «Ruptura metabólica» a la desconexión entre la humanidad y el resto de la naturaleza generada por la producción capitalista, y la “ruptura irreparable en el proceso interdependiente del metabolismo social”, estaba señalando que la destrucción de la naturaleza es inherente al capitalismo. 
 
Sólo un sistema de producción dirigida a satisfacer las necesidades humanas, siempre en su vinculación con los derechos del resto de la naturaleza, que no a las ganancias de unos cuantos, puede impedir el apocalipsis. Y esto se consigue con la propiedad pública sobre la tierra, la industria, los grandes bancos, corporaciones, y servicios y un control democrático sobre el poder, que en vez de promocionar coches eléctricos particulares, por ejemplo, proporcione el transporte público gratuito, el uso de la energía solar y eólica, entre otras medidas. 
 
La justicia climática es anticapitalista o no lo es.