lunes, 13 de enero de 2014

Ley de mutuas: criminaliza al enfermo, concediendo más poder a la patronal para dualizar y privatizar la sanidad, de Jesús Uzkudun


 

Tras la intensa campaña realizada durante años por la patronal CEOE contra el "absentismo fraudulento de los trabajadores y la negligencia de los médicos de los Servicios Públicos de Salud en la concesión de bajas por enfermedad común" - que ha sido apoyada con incentivos económicos por los Gobiernos del PSOE y el PP para que las empresas concierten con las Mutuas la gestión de la enfermedad común- el Gobierno Rajoy les concede un nuevo regalo de Navidad: ha aprobado la Ley de Mutuas, que les concede mayores competencias. Al mismo tiempo anuncia un ahorro anual de 511 millones de euros mediante la reducción del absentismo laboral. Lo que no cuentan es el perjuicio que soportaran los más débiles, es decir, los enfermos.

La campaña de las Mutuas y la CEOE, apenas ha tenido respuesta desde los sindicatos y los comités de empresa (salvo limitadas campañas en Euskadi), ni tampoco por los médicos de atención primaria ni las Plataformas de defensa de la sanidad publica.

La aprobación del proyecto ley de Mutuas se produce con el desprecio absoluto a las reivindicaciones sindicales. Sobre todo, cuando se generaliza el "Presentismo", es decir, la practica de acudir enfermo al trabajo, para evitar ser despedido u obligado por las dificultades económicas, tras desaparecer con la baja por enfermedad muchos de los complementos salariales recogidos en los convenios.

Ley de mutuas

Con el objetivo de reforzar la lucha contra "el absentismo laboral injustificado" y conseguir "mejorar la competividad de las empresas", el Gobierno del PP aprobó el proyecto Ley de Mutuas, mediante el cual dejarán de denominarse Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS), para pasar a ser Mutuas de la Seguridad Social, después de asumir competencias más amplias que la cobertura de los accidente de trabajo y las enfermedades profesionales.

A partir de la ley, las Mutuas Patronales asumen el control desde el primer día de todas las bajas de los trabajadores enfermos, incluida la enfermedad común, la maternidad o el accidente no laboral, en los supuestos que la Mutua haya concertado con el empresario la gestión de la incapacidad temporal por contingencia común.

Las Mutuas tendrán la competencia de denegar, suspender o anular la prestación económica, sin perjuicio de los partes de alta o baja emitidos por los médicos de la sanidad publica. Cuando las Mutuas, en su función de control y seguimiento de la incapacidad temporal, consideren que el beneficiario podría no estar impedido para el trabajo, realizaran propuestas motivadas de alta a través de sus médicos, dirigidas al facultativo de la sanidad publica que emitió la baja y la Inspección Medica dispondrá de 5 días, para comunicarle el alta o la confirmación de la baja con un informe justificativo. Transcurrido el plazo de cinco días, si la Mutua no recibe la confirmación de la baja (como probablemente sucederá), está adoptara la decisión de extinguir la prestación económica. Los enfermos y las Mutuas, podrán impugnar dichas resoluciones ante el Instituto de la Seguridad Social, incluso judicialmente, aunque la opinión y las resoluciones de las Mutuas salen reforzadas en el procedimiento en la nueva Ley. Igualmente, las Mutuas anularán la prestación económica, en el supuesto de incomparecencia del enfermo a la cita de control de Incapacidad Temporal en sus instalaciones.

Asimismo, la Ley obliga a eliminar en su totalidad la participación de las Mutuas en las Sociedades de Prevención, creadas a finales de los años 90 por dichas entidades. A lo largo de 2014, deberán vender o cerrar dichos servicios de prevención ajenos: privatización absoluta.

¿Qué son las mutuas?

Con la Ley de Accidentes de Trabajo promulgada en el año 1900, las Mutuas se constituyen como asociaciones de empresarios para asegurar los posibles daños de sus trabajadores ocasionados por los accidentes de trabajo. Su papel inicial era asegurar las prestaciones económicas, pero mas tarde asumirán actividades rehabilitadoras o curativas y de control de seguridad e higiene en las empresas asociadas.

Con la creación de la Seguridad Social, a mediados de los años 60, en plena Dictadura, las Mutuas logran consolidar un sistema dual: 1) La protección de los accidentes y enfermedades profesionales de los trabajadores, cubiertos mediante cuotas de la Seguridad Social, que será gestionada por las Mutuas patronales, como entidades "sin animo de lucro" colaboradoras de la Seguridad Social; 2) El Servicio Nacional de Salud, universal y financiado vía impuestos, cuya gestión será trasferida más tarde a las Comunidades Autónomas.

En la actualidad, tras un proceso de fusión, existen 20 Mutuas, con diferentes tamaños e implantación territorial, siendo previsibles nuevas fusiones o absorciones, que serán bendecidas por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Estas Mutuas son: Fremap, Asepeyo, Universal, Fraternidad, MC Mutual, Ibermutuamur, Umivale, Maz, Activa, Mutualia, Unimat, Gallega, Balear, Egasart, Montañesa, Intercomarcal, Mac, Cesma, Navarra y Solimat, que en su conjunto obtienen unos ingresos anuales de 10.189.467.670,25 euros, por cotizaciones de las empresas, disponiendo de una plantilla de 20.730 empleados.

De asegurar inicialmente los daños sufridos por los trabajadores accidentados, las Mutuas han logrado ampliar sus funciones y competencias, gracias a la apuesta y convicción de los Directores Generales y gestores políticos de la Seguridad Social que, independientemente de que el gobierno fuese del PSOE o del PP, han venido afirmando, con poca vergüenza que "la gestión privada es más eficaz que la publica".

Veamos algunas de las funciones de las Mutuas:
  1. La gestión de las prestaciones económicas y de asistencia sanitaria, incluida la rehabilitación de las contingencias profesionales, es decir de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.
  2. La gestión de la prestación económica por incapacidad temporal por enfermedad común, tras acuerdo con el empresario.
  3. La gestión de la prestación por riesgo laboral durante el embarazo o lactancia.
  4. La gestión de las prestaciones económicas por cese de la actividad de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
  5. La gestión de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

Las Juntas Directivas de las Mutuas estarán compuestas por diez o quince empresarios, de los cuales el 30%, corresponderá a aquellas empresas con mayor numero de trabajadores, garantizándose la participación de un representante de los trabajadores de la Mutua. No podrá ostentar el cargo de Director-Gerente, aquellas personas que desarrollen actividad remunerada en cualquier empresa asociada. Pero, curiosamente, no existe obstáculo alguno para que el Director Gerente de MUTUALIA, la mutua de mayor implantación en Euskadi, sea a su vez Presidente de CONFEBASK (la patronal vasca) o que directivos de las Mutuas representen a la CEOE en diferentes mesas de negociación.

Se continúa manteniendo los órganos de participación: 1) las Comisiones de Control y Seguimiento, con participación de las organizaciones empresariales y sindicales, incorporando por primera vez un representante de las asociaciones de trabajadores autónomos; 2) así como la Comisión de Prestaciones Especiales, con similar participación, con fondos destinados a ayudar a las victimas.

Resulta ilusorio soñar con el control sindical de estas instituciones, mediante la participación trimestral en las reuniones de forma gratuita. Pero puede ser útil si es acompañada de una acción sindical perseverante contra el despotismo de la Mutuas, realizando "escraches" u otras movilizaciones de respuesta.

Consecuencias de la Ley de Mutuas

No cabe duda que, con las nuevas competencias, las Mutuas reducirán el absentismo mediante la presión y el maltrato a los enfermos. Los Inspectores de Sanidad y los médicos de atención de primaria se verán desbordados y mayoritariamente desistirán de realizar contrainformes de respuesta a los criterios de la Mutua. Por esta razón terminarán imponiéndose los criterios economicistas, salvo que se reactive la respuesta y la movilización social. Las Mutuas presionaran al enfermo para forzar el alta, especialmente en el caso de enfermedades psicológicas o músculo esqueléticas, incluidas las embarazadas, con el agravante de que las Mutuas no disponen de especialistas en dichas patologías.

Aumentará el control con detectives sobre la vida privada del enfermo. No es casualidad, que sean las Mutuas quienes mas demandas de investigación solicitan a estás Agencias. Quien conozca su práctica no tendrá dudas del aumento automático del "presentismo" por parte de los trabajadores enfermos, ante el riesgo de ser despedido o declarado "NO APTO" en las empresas.

Las Mutuas lograrán alterar las listas de espera para intervenciones quirúrgicas, favoreciendo al trabajador de baja para su rápida incorporación laboral, mientras eternizaran la espera de los desempleados o pensionistas con similar lesión. Igualmente, presionaran a los trabajadores que han sido despedidos por causar baja para que cojan el alta y así eludir el pago de las prestaciones, que irán a cargo del desempleo. El carácter universal de la sanidad publica será cuestionado por los criterios economicistas y aumentará la desigualdad.

Aunque el control de la Incapacidad Temporal tiene que realizarse en las instalaciones y por profesionales de las Mutuas, la Ley les permite realizar conciertos con otros centros privados para acelerar diagnósticos, favoreciendo el negocio privado de la sanidad. No cabe duda que el control de la Incapacidad Temporal por las Mutuas favorecerá su estrategia de ocultar el origen profesional de las enfermedades, eludiendo así sus repercusiones, incluso para las empresas. Los costes del tratamiento de dichas enfermedades coadyuvarán a deteriorar los presupuestos de la sanidad pública, hasta hacerlos insostenibles.

La reducción de las cifras de enfermedad profesional reconocidas a partir del año 2006, cuando las Mutuas asumieron su gestión, evitó que tuvieran repercusión  tras la ampliación del listado de enfermedades. Es decir, dejo en evidencia las consecuencias de "poner al zorro al cuidado de las gallinas".

Las Mutuas lograrán en estas condiciones, si no se reactiva la respuesta sindical, una gestión "rentable", reduciendo el absentismo: aumentará la practica de usar mano de obra sana y tirarla cuando deja de ser productiva, al posibilitar mayores recursos económicos, que serán utilizados para subvencionar a las empresas, vía incentivos tipo "bonos" por inversiones preventivas, o se reducirán las cuotas empresariales, como exige la CEOE y las fuerzas de la derecha política.

Necesidad de un cambio en la orientación sindical

Los sueños de grandeza de algunos dirigentes sindicales, que veían con envidia la cogestión de las Mutuas alemanas, olvidándose del contexto y correlación de fuerzas, les llevó a volcar sus esfuerzos en tratar de convencer a las direcciones de la Seguridad Social y la CEOE de las ventajas del modelo alemán, olvidando mientras tanto la imprescindible respuesta a las agresiones cotidianas de las Mutuas y al aumento de sus competencias en la enfermedad común, cuya principal consecuencia fue que ganó terreno la perspectiva de dualizar la sanidad.

En el colmo de la herencia "fidalguista", las direcciones confedérales de CCOO y UGT, llegaron a firmar Acuerdos con la patronal recogiendo "perlas" como estas: "Desarrollar un programa especifico para la eficaz gestión de la Incapacidad Temporal, basado en: La mejora de la colaboración de las Mutuas con la Administración de la Seguridad Social y los servicios públicos de salud, para el control de los procesos y el acortamiento del tiempo de recuperación de la salud, con el consiguiente efecto derivado sobre los costes empresariales y el gasto en prestaciones de Seguridad Social" o "Mantener la naturaleza jurídica de las Mutuas, asegurando su carácter privado como asociaciones de empresarios…" o "Con el objetivo de eliminar el absentismo injustificado se elaborara trimestralmente un ratio de evaluación de su comportamiento…etc."  

Afortunadamente, la actual dirección confederal de CCOO ha rechazado con firmeza el proyecto de ley de Mutuas, en el que las reivindicaciones mas elementales - como la co-decisión, es decir, que el concierto con una u otra Mutua en las empresas sea acordada de forma conjunta por el empresario y la representación de los trabajadores, o lograr una representación directa en las Juntas Directivas -, han sido arrojadas con desprecio a la papelera.

Activar la respuesta conjunta

Urge activar la respuesta sindical a las agresiones e intromisiones de las Mutuas en la enfermedad común. Las amenazas y recortes de prestaciones a los enfermos no pueden abordarse como un problema individual: urge la respuesta colectiva en defensa de la salud y la defensa de la sanidad publica.

Algunas experiencias, como las realizadas por CCOO de Euskadi, pueden orientarnos en la respuesta:
·       Las concentraciones de delegados frente ASEPEYO, UNIVERSAL y MC MUTUAL, en respuesta a la extinción de la prestación económica a trabajadores enfermos lograron modificar la resolución de la Mutua; en algún caso bastó con el simple aviso a la prensa de la concentración para que cambiase la resolución de la Mutua.
·       Es posible impedir en la empresa que la Mutua intervenga en la gestión de la enfermedad común, introduciendo cláusulas en los convenios que rechacen el concierto de la empresa con la Mutua. El ámbito de la empresa permite conocer mejor los motivos de las bajas, quien realiza fraude o las tiene justificadas. Contra dicho concierto de las empresas con las Mutuas se han producido huelgas en alguna empresa siderúrgica, pues afortunadamente existe una posición común en el sindicalismo vasco. Así, el convenio de los empleados públicos del Gobierno Vasco y otras empresas importantes, como la Papelera de Errenteria, tienen cláusulas que impiden la actuación de las Mutuas en la enfermedad común.
·       La actividad sindical realizada para visualizar las enfermedades profesionales, logrando indemnización por miles de euros de hipoacusias, lesiones de muñeca, silicosis y cánceres derivados del amianto, entre otras enfermedades, permite ganar apoyos en la respuesta a las Mutuas. Igualmente urge que los médicos de atención primaria pregunten al enfermo acerca de su actividad laboral y no solo por sus hábitos de vida, asumiendo la obligación de comunicar la sospecha del origen profesional de las enfermedades que diagnostiquen.

Lamentablemente, en la mayoría de las ocasiones, en ausencia de una acción perseverante, el problema se individualiza, resultando siempre perdedores los  enfermos.

Finalmente, no cabe duda, la solución más barata y socialmente más rentable contra el absentismo es investigar las causas de las enfermedades y promover medidas preventivas. Según la Agencia Europea de Seguridad y Salud, los trastornos músculo esquelético, derivados de los movimientos repetitivos, sobreesfuerzos e intensos ritmos de trabajo, junto al estrés y los riesgos psicosociales, son las principales causas del absentismo laboral en el Reino de España: su prevención laboral es posible, rentable y necesaria.

Las Mutuas, la CEOE y el PP lo saben, pero no les importa. Su interés y objetivo es hacer negocio mediante la dualización y la privatización de la sanidad. Si permitimos que avancen por ese camino, lo lamentaremos. Por ello, urge la respuesta desde la empresa, los sectores o territorios, promoviendo una amplia alianza en defensa de la salud y la sanidad pública.

Jesús Uzkudun Illarramendi, es activista en defensa de la Salud Laboral. Exsecretario de Salud Laboral y Medio Ambiente de CCOO-Euskadi (1996-2012)
Fuente:  Revista electrónica sinpermiso

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